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Absuelto de abusar de su hermanastra un joven que fue condenado por ello

En la primera ocasión era menor de edad

El juicio se celebró el pasado 11 de septiembre. - A. GUERRERO

Lleida

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La Audiencia de Lleida ha absuelto a un joven acusado de abusar sexualmente de su hermanastra menor de edad en Almenar. Se da la circunstancia de que el acusado fue condenado por los mismos hechos cometidos entonces cuando todavía no había alcanzado los 18 años. Sin embargo, ahora el tribunal considera que “el acervo probatorio (...) no resulta suficientemente concluyente para poder afirmar que los hechos por los que se formula acusación siguieran produciéndose después de alcanzada la mayoría de edad”. La vista oral se celebró en septiembre y el Ministerio Público solicitó una condena de cinco años de prisión y otros tres de libertad vigilada.

El acusado negó que hubiera hecho tocamientos a su hermanastra –que tiene diez años menos– desde los ocho años y atribuyó la denuncia “a la manipulación por parte de su madre” con el objetivo de hacerle “daño”. En cuanto a la condena que le impusieron cuando era menor, djo que “me declaré culpable aconsejado por mi abogado para tener una pena menor”. Por su parte, la denunciante explicó que el acusado le hizo tocamientos con el pretexto de jugar a “padres y madres” y que le había enviado mensajes sexuales a través de la cuenta de Tiktok del hermano de este. Sobre esto último, el tribunal afirma que se trata “de unos hechos que ni siquiera se han visto reflejados en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal”.

La Audiencia considera que no hay pruebas contra el acusado, que se enfrentaba a una petición de 5 años

Por todo ello, dicta una sentencia absolutoria al aplicarle el principio in dubio pro reo, es decir, en caso de duda se debe proceder a favor del acusado. El tribunal también deja sin efecto la medida cautelar que le prohibía acercarse a su hermanastra. La sentencia no es firme y puede recurrirse ante el TSJC.

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