SEGRE

LLEIDA

Absuelven a un psiquiatra leridano acusado de estafar un paciente

La Audiencia dice que no engañó al enfermo ni a sus familiares para quedarse con un piso en Barcelona y 20.809 euros. La Fiscalía solicitaba ocho años de prisión

El juicio se celebró el pasado 30 de octubre en la Audiencia de Lleida. - A. GUERRERO

Lleida

Creado:

Actualizado:

En:

La Audiencia ha absuelto a J.R.P.P, un psiquiatra leridano que fue juzgado el pasado octubre por la supuesta estafa a un paciente –ya fallecido– de su clínica que padecía esquizofrenia crónica. La Fiscalía solicitó una condena de ocho años de cárcel y 219.000 euros de multa al considerar que el facultativo se apropió de la propiedad –un piso en el barrio de Poblenou de Barcelona– y de 20.809 euros de las cuentas del enfermo pero la Audiencia le ha absuelto. El psiquiatra, que lo negó, está representado por el letrado Enric Rubio, de Rubio Legal.

La Audiencia considera que no se ha acreditado la conducta delictiva “porque el análisis de la prueba desplegada en el plenario no permite a este tribunal aseverar que los hechos imputados al acusado sean constitutivos de un delito de estafa por no concurrir datos de los que inferir el elemento esencial del engaño previo y bastante para inducir a error que determinara la ejecución de un acto de desplazamiento patrimonial”. En el fallo también descarta un delito continuado de apropiación indebida “porque las cantidades reintegradas por el acusado lo fueron una vez se constituyó el vitalicio a favor de su paciente y cuando el acusado ya era titular de dichos fondos”.

Se da la circunstancia de que el médico ya fue juzgado en la Audiencia de Lleida por un caso similar del que fue absuelto en 2023 por falta de pruebas. La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Precisamente, este caso motivó que la Guardia Civil abriera una nueva investigación, según explicó un agente en el juicio, donde explicó que indagaron sobre el valor de la propiedad cedida que podría ser mayor al fijado, y otros elementos como la supuesta deuda contraída por el paciente –que motivó que en 2010 se firmara un contrato vitalicio por el que el paciente cedió al doctor su pensión y la propiedad, que se valoró en 176.000 euros con el acuerdo con la familia–. Sobre la deuda, el tribunal dice que “la familia no se sintió engañada” y las facturas generadas “se ajustan a las tarifas”. La sentencia no es firme y puede recurrirse ante el TSJC. Presumiblemente la Fiscalía recurrirá.

Un usuario que estuvo en la clínica desde 1988 hasta 2015

El psiquiatra, que declaró último y solo a preguntas de su letrado, explicó que el paciente, que residió en el centro desde 1988 hasta 2015, cuando falleció, fue generando una deuda por su estancia y que, ante ello, fue su propia familia la que propuso hacer un vitalicio y la cesión de la propiedad para que el hombre pudiera seguir en la clínica hasta su muerte con todos los gastos cubiertos. Un hermano y un sobrino del fallecido afirmaron que ese fue el acuerdo. En este sentido, uno de los hermanos del paciente afirmó que “no puede haber ningún engaño porque la propuesta la hicimos nosotros”. El notario explicó que cuando hicieron la escritura explicó al paciente todo lo que conllevaba su aceptación. El acusado se traspasó la clínica en 2016. Los nuevos dueños afirmaron desconocer el acuerdo entre él y la familia del paciente. Por todo ello, el tribunal considera que “no hubo engaño”.

Titulars del dia

* camp requerit
Subscriu-te a la newsletter de SEGRE
tracking