LLEIDA
Ordenan repetir un juicio contra un psiquiatra por estafa a un paciente
El TSJC anula la sentencia que absolvió al médico, para el que pedían 6 años. La Audiencia no dejó que una sociedad ejerciera la acusación, causándole indefensión
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ordenado a la Audiencia de Lleida repetir el juicio contra un psiquiatra leridano, J.R.P.P, que fue absuelto de quedarse el patrimonio de un paciente y para el que la Fiscalía solicitaba una condena de seis años de prisión por estafa y apropiación indebida. El TSJC ha anulado la sentencia y ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Ministerio Público, concretamente en el punto que debía aceptarse como acusación particular a Squarvitae, la sociedad de servicios asistenciales que adquirió la clínica al acusado. El tribunal expulsó a la sociedad al inicio del juicio oral al considerar que había falta de legitimación. En este sentido, el TSJC considera que la firma se la dejó en “completa indefensión”. Para ello, acuerda la nulidad de la sentencia, dejando sin efecto la expulsión de la acusación particular ejercida por Squarvitae y ordena celebrar un nuevo juicio con su participación y con un tribunal con diferente composición, “dado que al estimar la cuestión previa, el tribunal entró en el fondo del asunto, por lo que existen serias razones para considerar que su imparcialidad puede verse afectada”.
En el primer juicio, celebrado en marzo de 2023, la Fiscalía consideró que el acusado, “aprovechándose de la confianza depositada en él por la familia”, se hizo con la tutela de su paciente, ingresado en la clínica desde el año 1981, y con el letrado de la familia firmaron un contrato vitalicio que incluía, entre otros, la cesión de una casa de su propiedad, valorada en 240.000 euros, para sufragar los gastos de su estancia.
Deberá celebrarse con una composición diferente del tribunal, quien estimó la cuestión previa
La Audiencia de Lleida consideró en la sentencia que no habían quedado acreditados los “elementos esenciales” de la estafa consistentes en el engaño, por lo que dictó la absolución. Asimismo, sobre el delito de apropiación indebida del que también estaba acusado, consideró que debía declararse prescrito, como solicitó la defensa, ejercida por Enric Rubio.
El médico ha sido recientemente exculpado en un caso similar
■ Cabe recordar que a principios de este mes de enero la Audiencia de Lleida absolvió a este psiquiatra por otro caso, como avanzó SEGRE. Concretamente, de la supuesta estafa a un paciente –ya fallecido– de su clínica que padecía esquizofrenia crónica. La Fiscalía solicitó una condena de ocho años de cárcel y 219.000 euros de multa al considerar que el facultativo se apropió de una propiedad –un piso en el barrio de Poblenou de Barcelona– y de 20.809 euros de las cuentas del enfermo. El tribunal alegó que no hubo engaño previo y bastante para inducir a error que determinara la ejecución de un acto de desplazamiento patrimonial. En este sentido, uno de los hermanos del paciente afirmó que “no puede haber ningún engaño porque la propuesta la hicimos nosotros”.