Propuesta legislativa para que el juez de guardia pueda expulsar a okupas en 48 horas
Presentada por el Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona
El Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona (ICAB) presentó este martes una propuesta legislativa para modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) a fin de permitir que los jueces de guardia puedan adoptar como medida cautelar la expulsión de los okupas en un plazo máximo de 48 horas siempre que se trate de una “okupación delincuencial” y de que estas personas no puedan aportar un título de posesión legítima en ese plazo.
Así lo anunció el decano del ICAB, Jesús M. Sánchez, en el II Congreso de Ocupación Ilegal que comenzó en la sede del colegio en Barcelona y que está coorganizado con el Colegio de Abogados de Málaga (ICA Málaga) y el de Madrid (ICAM). Sánchez manifestó que, con esta reforma, que tendría que tramitarse y aprobarse en el Congreso, sería el juez de guardia el encargado de resolver esta cuestión, independientemente de que el propietario de la vivienda okupada “sea una persona física o jurídica”.
Para ello, el afectado solo tendría que acudir a una comisaría, presentar una denuncia y que, en el caso de Catalunya los Mossos d’Esquadra, llevaran a cabo las diligencias oportunas y las entregasen al juez de guardia. También plantean habilitar a los presidentes de las comunidades de propietarios a presentar denuncia cuando el propietario de la vivienda okupada mantenga una postura pasiva y esta situación provoque problemas de convivencia.