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LLEIDA

Absuelto de obligar a su cuñada, de tan solo 6 años, a hacerle sexo oral

La Audiencia dice que las “sospechas” no son suficientes para condenar al acusado, al que pedían 15 años de cárcel. Ve contradicciones y falta de pruebas

El juicio se celebró en la Audiencia de Lleida el pasado 30 de enero. - A. GUERRERO

El juicio se celebró en la Audiencia de Lleida el pasado 30 de enero. - A. GUERRERO

Albert Guerrero
Lleida

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La Audiencia de Lleida ha absuelto al aplicar el principio de in dubio pro reo −en caso de duda se falla a favor del acusado− a un vecino de Lleida de 60 años que fue juzgado porque supuestamente obligó a hacerle sexo oral a su cuñada, de tan solo seis años, en unos hechos que se habrían prolongado durante cuatro años, hasta que la víctima tenía diez años. La Fiscalía y la Generalitat –que ejerce la acusación particular porque tiene la tutela de la menor– solicitaron que fuera condenado a 15 años de prisión y a otros diez de libertad vigilada como autor de un delito continuado de agresión sexual a menor de edad con la agravante de prevalimiento (superioridad), pero la Audiencia le ha absuelto.

El tribunal llega a la conclusión que “la declaración de la víctima resulta insuficiente para establecer un relato de hechos probados descriptivo de la conducta (...). No es que se desmienta a la niña, sino que estimamos que el acervo probatorio con que contamos no es suficiente para la condena del procesado”. En este sentido, asegura que hay “escasez de información” en la prueba preconstituida – el visionado de la declaración que la niña hizo ante los psicólogos de Justicia–, graves contradicciones y ausencia de elementos objetivos periféricos que “llevan a una duda razonable al tribunal”, por lo que debe resolverse aplicando in dubio pro reo. La Audiencia hace suyos los argumentos del abogado defensor, Marc Torres, que argumentó que no había indicios suficientes y, en cambio, existían muchas dudas. En la vista oral, celebrada el 30 de enero, el acusado lo negó categóricamente y afirmó que “yo era el malo de la película”.

Fue la escuela a la que iba la menor la que alertó en junio de 2022 de los presuntos abusos tras una tutoría con la madre. La maestra explicó que “de pasada, la madre me dijo que su hija mentía y que incluso decía que su cuñado (la pareja de su hija mayor) le hacía cosas. Entonces hablé con la niña y me acabó explicando lo que le había ocurrido”. Tras la denuncia, la Generalitat asumió su tutela. Sin embargo, tanto la madre de la niña como su hermana y pareja del acusado declararon que la menor mentía. Por su parte, los peritos –que la evaluaron cuando tenía 11 años– determinaron que el relato tenía “los marcadores que hacen muy probable que haya sufrido los abusos, que sea veraz y compatible con la situación vivida”. Sin embargo, el tribunal determina que “la prueba practicada solo ha permitido alcanzar ‘sospechas’”.

La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

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