TRIBUNALES
El TSJC juzgará a Mas, Ortega y Rigau del 6 al 10 de febrero por la consulta
l Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) juzgará del 6 al 10 de febrero próximos al expresidente de la Generalitat Artur Mas y a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau por desobedecer al Tribunal Constitucional (TC) al mantener la consulta independentista del 9N.
En sendos escritos, el secretario del TSJC ha notificado hoy la fecha del juicio del 9N y ha dado por iniciados los trámites para la selección del tercer magistrado que debe formar parte de la sala que juzgará a Mas, que presidirá el propio presidente del tribunal, Jesús María Barrientos.
Por reparto, el ponente de la sentencia del 9N será también el presidente del TSJC, que compartirá la responsabilidad de juzgar a Mas junto al magistrado Carlos Ramos, uno de los miembros de la institución que fue designado a propuesta del Parlament.
El TSJC iniciará ahora los trámites previstos en el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para seleccionar al tercer magistrado encargado de juzgar a Mas, ya que los otros miembros que componen la sala civil y penal del alto tribunal catalán no pueden hacerlo, al haber intervenido en la admisión de las querellas por el 9N o en la resolución de los recursos del proceso.
Una vez se haya designado al tercer magistrado y constituido el tribunal, será este el que deba resolver si admite los medios de prueba propuestos por las partes, entre ellos la testifical del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, que plantean las defensas.
La Fiscalía pide diez años de inhabilitación para el expresidente de la Generalitat y otros nueve para cada una de las exconselleras Irene Rigau y Joana Ortega, por mantener la consulta soberanista del 9N, pese a haber sido suspendida por el Tribunal Constitucional.
En su escrito de calificación, los fiscales Francisco Bañeres y Emilio Sánchez Ulled acusan a los tres encausados de los delitos de desobediencia grave y de prevaricación, en el caso de Mas como autor, y en el de las exconselleras de Gobernación y Enseñanza como cooperadoras necesarias.
En principio, el ministerio público pide penas de diez y nueve años de inhabilitación para los encausados para ejercer cargos públicos electivos, de ámbito local, autonómico o estatal, por ambos delitos de desobediencia y prevaricación en concurso.
Para el caso de que el TSJC decida condenar a los procesados por esos dos delitos por separado, la Fiscalía propone como alternativa una pena de nueve años y medio de inhabilitación y multa de 36.000 euros para Mas y, para Ortega y Rigau, multa de 30.000 euros y ocho años de inhabilitación.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), tras la instrucción del caso, ciñó los hechos imputables a Mas, Ortega y Rigau a los delitos de prevaricación y desobediencia, que no llevan aparejadas penas de prisión, y descartó el de malversación, que inicialmente planteaba la Fiscalía en su querella y que sí está castigado con cárcel.
Por su parte, la acusación popular en la causa del 9N, que agrupa a los sindicatos policiales SPP y UFP y a Manos Limpias, presentó un escrito en el que pedía seis años de cárcel y otros 22 de inhabilitación para Mas, al atribuirle también malversación de caudales, aunque el TSJC rechazó que se le pudiera juzgar por ese delito
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