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La defensa alega que Mas no detuvo el 9N porque el Constitucional no obligaba a impedirlo
El abogado de Artur Mas en el juicio por el 9N ha alegado hoy que el expresidente catalán no se escondió tras una "multitud de voluntarios", ni ordenó retirar los medios públicos puestos a su disposición, por la inconcreción del Tribunal Constitucional (TC), que cree que no obligaba a impedir la votación.
Durante la exposición de su informe exculpatorio ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), donde hoy quedará visto para sentencia el juicio a Mas y a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau, el letrado Xavier Melero ha centrado su argumentación en la "falta de concreción" de la providencia del TC del 4 de noviembre de 2014, que suspendía la consulta sin incorporar ningún tipo de advertencia, como había solicitado el Gobierno.
Para la defensa del expresidente catalán, la providencia del Constitucional "no imponía un deber positivo de impedir" el 9N.
Según Melero, en todo el procedimiento, Mas "no se ha escondido nunca detrás de una multitud de voluntarios, no ha negado nunca el impulso político de su gobierno al 9N, no ha ocultado que el ejecutivo dio medios materiales a los voluntarios y que no ordenó retirar los medios puestos a su disposición".
El letrado ha insistido que Mas no desobedeció y, para sustentar su alegato exculpatorio, ha recurrido al dictamen de la Junta de Fiscales de la Fiscalía Superior de Catalunya, inicialmente reacio a acusar a presentar una querella contra Mas por desobediencia -que finalmente impuso la Fiscalía General del Estado- por la ausencia de una advertencia expresa en la providencia del TC.
"Si Mas se equivocó, lo hizo de la mano de mucha gente, de las más altas instancias de este país", ha apuntado el letrado, que, parafraseando el principio judicial de "in dubio pro reo" (en caso de duda, a favor del reo), ha pedido la absolución de Mas por "in dubio pro libertate" (en caso de duda, a favor de la libertad).
Según el letrado, Mas no ha optado por "la mejor defensa del mundo", que es la del "yo no he sido", porque reconoce que no ordenó "actos impeditivos" contra la consulta debido a la inconcreción de la providencia del Constitucional, "que no tenía ningún requerimiento".
"El Constitucional demostró que no quería dar la más mínima ejecutabilidad a sus decisiones. Esto es importante. Porque en la redacción estereotipada de su resolución del 4 de noviembre descarta cualquier referencia a una advertencia, lo que en estas circunstancias tiene una trascendencia indiscutible", ha aseverado.
Melero ha recordado que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, "menospreció" el proceso de participación convocado por Mas, la consulta alternativa del 9N, y ha lamentado que al final el que tuviera que parar el proceso fuera su "impulsor político".
"Si los fiscales de guardia, si los jueces de guardia, si el Constitucional, no hicieron nada para detener la votación, ¿por qué lo tenía que hacer Mas?", ha preguntado Melero, que ha asegurado que el expresidente tenía que actuar guiado por el principio de proporcionalidad.
Por su parte, Rafael Entrena, abogado de Joana Ortega, ha defendido que, tras la suspensión del Constitucional, es "público y notorio" que la ejecución de la consulta independentista quedó estrictamente "en manos de voluntarios", lo que en su opinión "no supone un delito de desobediencia", desde el punto de vista "penal, no de tertulias".
Para el letrado, que se ha referido al fiscal como el "Messi" del ministerio público pese a advertir de que hoy "no ha marcado ningún gol", la conducta del Govern en la consulta del 9N "es una actuación de naturaleza estrictamente política", un procedimiento que simplemente daba a la sociedad la oportunidad de "expresarse".
Entrena, que se ha referido al caso del 9N como "el de la querella del puente aéreo" -por las discrepancias entre la Fiscalía de Catalunya y la Fiscalía General del Estado a presentarla-, ha calificado de "error" que el ministerio público acusara a Mas: "no se puede conducir por la vía criminal lo que es un ejercicio político que obedece a un mandato parlamentario".
A diferencia de Xavier Melero, que ha reconocido que Mas no retiró los medios públicos necesarios para la consulta, el abogado de Ortega ha insistido en que, pese a que fue "organizado y diseñado" antes del 4 de noviembre de 2014, la votación quedó en manos de voluntarios tras su suspensión por el Constitucional.
Entrena ha argumentado también que, pese a la tesis de la Fiscalía, en la suspensión del TC no queda claro el alcance de la prohibición, ya que a su parecer la orden era un mero "automatismo legal" una vez el alto tribunal admitió a trámite la impugnación del Gobierno contra el proceso participativo del 9N.
"La providencia no dice que se quemen las urnas ni que se rasguen las papeletas", ha alegado el letrado, que ha pedido a la sala del TSJC que juzga el 9N que "haga lo que sabe hacer" y, en base a la jurisprudencia, dicte una sentencia "justa" que absuelva a Mas, Ortega y Rigau de desobediencia y prevaricación
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