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Competencia expedienta por la luz a Gas Natural y Endesa

Considera que hay indicios de manipulación del mercado || Las compañías lo desmienten y presentarán alegaciones

Una línea de alta tensión.

Una línea de alta tensión.EFE

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La Comisión Nacional de Mercados y de la Cometencia (CNMC) abrió ayer un expediente sancionador a las empresas Gas Natural Fenosa y Endesa Generación por tener indicios de alteración de precios de la luz entre octubre de 2016 y enero de 2017, mes tras el que las facturas rozaron máximos históricos.

Habiendo revisado los precios registrados en el mercado de generación eléctrica, la Comisión explicó, mediante un comunciado, que solicitó información a ambas empresas para explicar la escalada de los precios del pasado invierno y que, a pesar de poder ser justificadas por la escasa oferta por la sequía, la fuerte demanda por el frío o los varios parones de las nucleares en Francia y menor llegada de gas de Argelia, seguía siendo “anormalmente elevada”.

Habrían realizado ofertas elevadas a las centrales de generación para obtener mayores ingresos

La apertura del expediente se anunció después de que Competencia solicitara información a ambas compañías y de que tuviera indicios de que hubieran “realizado una oferta anormalmente elevada para que dichas centrales (de suministro) participaran en el mercado de restricciones (ajustes que se realizan por motivos de seguridad) y obtener así mayor ingresos”.

Gas Natural Fenosa anunció ayer que presentaría alegaciones a la decisión del organismo “en el tiempo y forma estipulado por el procedimiento” para demostrar que no solo “en ningún caso se realizaron ofertas anómalas o desproporcionadas, sino también lo erróneo del planteamiento”.

Endesa también afirmó que alegaría y explicó que demostraría que el expediente sancionador era un contrasentido ya que incremetar los precios del gas perjudica a su cuenta de resultados.

La CNMC abrió el expediente al considerar que las eléctricas podrían haber incurrido en una infracción de la Ley 24/2013 del sector eléctrico, que tipifica “la presentación de ofertas con valores anormales o desproporcionados con el objeto de alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación o la casación del mercado”.

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