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POLÍTICA JUSTICIA

El Gobierno central aprueba ampliar la pena permanente

El proyecto de ley prevé incluir cinco delitos más || El Ejecutivo afirma hacerlo con el “aval” jurídico y de la sociedad española

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, en rueda de prensa.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, en rueda de prensa.EFE

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El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de ley que prevé ampliar la prisión permanente revisable a cinco delitos más. Los nuevos supuestos son el asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver, asesinato después de secuestro, violaciones en serie, violación a un menor tras privarle de libertad o torturarle y muertes en incendios, estragos en infraestructuras críticas y, liberación de energía nuclear o elementos radioactivos. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, quiso desmarcarse de las acusaciones de la oposición que tachan la iniciativa de “oportunista” y recordó que la prisión permanente revisable se introdujo en la legislación en el 2015, indicando que entonces el Gobierno central quiso ser “prudente” y limitó su aplicación a ocho supuestos.

El ministro opinó que además de los “avales jurídicos y legales” la aprobación del proyecto de ley cuenta también con el “aval” de la “voluntad de los ciudadanos”. Explicó que en las encuestas la opinión pública se muestra favorable a que en el Código Penal “exista una pena así para los delitos más graves”. Al ser preguntado sobre si el proyecto de ley podría ser aprobado en el Congreso, ya que el resto de grupos ha mostrado reservas al respecto, se limitó a decir que en la mayoría de países europeos se incluye una ley homologable a la prisión permanente revisable y acusó a la oposición de querer convertir a España en “una isla en Europa”.

Catalá explica que la ampliación de la pena se aplicaría solo en futuros crímenes

A la pregunta de si el nuevo supuesto de asesinato con obstrucción para recuperar el cadáver podría aplicarse en el caso de Marta del Castillo, el ministró recordó que en el ordenamiento jurídico no existe la retroactividad, motivo por el cual la ampliación de la pena solo afectaría a futuros casos.

La prisión permanente revisable es lo más parecido que existe en España a una cadena perpetua, aunque con algunas diferencias. El tiempo máximo que alguien podía estar encarcelado antes de su aplicación era de 40 años. Ahora se puede revisar a los 25 o 35 años para determinar si el reo está realmente rehabilitado.

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