Los diputados de JxCat llevan al TC la resolución de la ONU sobre Sànchez
Los diputados de JxCat en el Parlament, incluido el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, han aportado al Tribunal Constitucional (TC) la resolución en la que dos miembros del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas piden a España que garantice los derechos políticos de Jordi Sànchez.
En el escrito, al que ha tenido acceso Efe, los diputados de JxCat trasladan la resolución de la ONU al Constitucional, en el marco del recurso de amparo que interpusieron el pasado 16 de marzo ante el TC, que todavía no ha sido admitido a trámite, para que Sànchez pueda ejercer su cargo público "en condiciones de igualdad".
En su escrito, firmado por el abogado Jaume Alonso Cuevillas, los diputados de JxCat resaltan que la resolución de dos miembros del Comité de Derechos Humanos de la ONU insta a las instituciones del Estado "a tomar las medidas necesarias para garantizar los derechos políticos" de Sànchez.
Según el escrito, esta resolución "implica también un reconocimiento de que la vulneración de los derechos políticos de Sànchez comporta indisolublemente la vulneración de los derechos políticos de los diputados" del grupo de JxCat.
JxCat recurrió ante el Constitución la decisión del juez del Supremo Pablo Llareno de denegar un permiso para que Sànchez pudiera acudir al pleno de su investidura como presidente de la Generalitat, que se acabó suspendiendo, al mantenerle en prisión.
Tras esta resolución de la ONU, el abogado de Sànchez, Jordi Pina, anunció el pasado lunes que su cliente se replantea ahora su apuesta por abandonar el escaño e incluso está abierto a optar de nuevo a la investidura como presidente de la Generalitat.
Al igual que ha hecho JxCat ante el TC, la defensa de Sànchez también presentó ante Llarena un escrito acompañado de una copia de la resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU en la que dos de sus miembros piden al Estado español que "tome todas las medidas necesarias para garantizar que el señor Jordi Sànchez pueda ejercer sus derechos políticos en cumplimiento del artículo 25 del Pacto" Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976).