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El Constitucional admite el recurso contra el voto delegado pero no adopta medidas cautelares

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El Tribunal Constitucional ha admitido por unanimidad el recurso de amparo presentado por diputados de Ciudadanos contra los acuerdos de la Mesa del Parlament de los días 3 y 24 de abril de 2018, en los que se admiten la delegación de voto de los diputados Carles Puigdemont y Antoni Comín, respectivamente.

Por otra parte, el pleno no ha aceptado la petición de adoptar medidas cautelarísimas, como podría ser anular los votos delegados, pero sí acepta "la apertura de pieza separada de suspensión, por lo que se concede un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y al recurrente para que efectúen alegaciones" acerca del asunto.

La providencia argumenta que "el recurso plantea un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental susceptible de amparo sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".

Además, "el asunto suscitado trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica relevante que tiene, además, unas consecuencias políticas generales".

El tribunal ha decidido "dirigir comunicación al Parlamento de Catalunya para que en un plazo que no exceda de diez días remita certificación de los acuerdos requeridos de la Mesa".

Asimismo, "se emplaza a quienes sean parte en el procedimiento, excepto a la parte recurrente en amparo, para que en un plazo de diez días puedan comparecer".

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