El Gobierno eliminará la incapacitación judicial a las personas con discapacidad
El Gobierno ha dado hoy los primeros pasos a la reforma legal que elimina la incapacitación judicial de las personas con discapacidad intelectual, cambiado el sistema legal actual por otro que "prioriza el respeto a la voluntad y preferencias de estas personas". Este ha sido el primer asunto que ha anunciado hoy la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celáa, tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros, que a propuesta del Ministerio de Justicia, reformará el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley Hipotecaria, la del Registro Civil y la ley de Jurisdicción Voluntaria.
"Supone un cambio profundo, el cambio de un sistema en el que predomina la sustitución en la toma de decisiones que afectan a las personas con discapacidad, por otro basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de las personas, que como regla general, serán las encargadas de tomar sus propias decisiones", ha señalado la ministra.
Celáa ha recordado que "las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones que las demás", tal y como proclama la Convención de la ONU sobre Discapacidad que firmó España en 2008. Por ello, ha destacado que el Gobierno realiza esta reforma con el enfoque "de atribuir a las personas con discapacidad el derecho que les corresponde a su dignidad humana y aportarles apoyo y acompañamiento".
El informe sobre el anteproyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad elimina la incapacitación judicial y promueve su capacidad de obrar. Según fuentes del Gobierno, el objetivo de la reforma es establecer un modelo de apoyo a la persona que pueda tener alguna dificultad en el ejercicio de su capacidad jurídica, conocida como capacidad de obrar.
Ello abarca, desde el acompañamiento amistoso, a la ayuda técnica en la comunicación de declaraciones de voluntad, o incluso la toma de decisiones delegadas por la persona con discapacidad.
La nueva regulación otorga preferencia a las medidas preventivas, es decir, a las que puede tomar la persona interesada en previsión de una futura necesidad de apoyo, como son los poderes y mandatos preventivos, a la vez que potencia otras medidas con carácter externo, como la guarda de hecho, han explicado las fuentes.
La normativa regula las instituciones de la curatela y el defensor judicial y reserva la tutela a los mejores de edad que no estén protegidos a través de la patria potestad. La reforma afecta también a otras normas relativas al derecho internacional privado, a los actos relativos a la nacionalidad, el matrimonio o la filiación, así como a algunas reglas del Derecho de sucesiones y de contratos. Desde la aprobación de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad firmada en Nueva York en 2006, los estados han hecho adaptaciones de sus ordenamientos jurídicos, como España. Este tratado proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones que todas las demás, y conmina a los estados a proporcionar los apoyos pertinentes que estas personas puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica para impedir que se produzcan abusos y vulneración de sus derechos.
Tras distintas reformas legales, la discapacidad que había quedado sin regular en España conforme a los principios de la Convención era la discapacidad intelectual, a lo que ahora se pretende con esta reforma dar respuesta.
Con esta reforma, el Ejecutivo quiere ir más allá de un cambio de terminología, que relegue los términos de "incapacidad" e "incapacitación" promoviendo un cambio de mentalidad social que afecte especialmente a aquellos profesionales del derecho que adoptan esas funciones a requerimiento de las personas con discapacidad, ha resaltado el Gobierno.