SEGRE

EL ?PROCÉS? TRIBUNALES

El Supremo renuncia a juzgar a los 6 líderes independentistas acusados de desobediencia

Remite su causa al TSJC por razones de operatividad pese a insistir en la “inescindibilidad” de los hechos || Los magistrados confirman su competencia respecto de los otros 12 encausados por rebelión

Algunos leridanos quedaron ayer en Rambla Ferran y enviaron postales al Constitucional.

Algunos leridanos quedaron ayer en Rambla Ferran y enviaron postales al Constitucional.TWITTER

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El Tribunal Supremo confirmó ayer su competencia para juzgar a la cúpula independentista por el 1-O. De este modo, los magistrados, en un auto de 39 páginas y por unanimidad, desecharon los argumentos esgrimidos por las defensas de los líderes del procés en la vista de cuestiones previas celebrada hace diez días y reiteraron ser el tribunal competente para sentenciar esta causa. No obstante, decidieron remitir al TSJC parte de la causa por razones de operatividad. Aun reconociendo la “inescindibilidad” de los hechos enjuiciados, los magistrados optaron por transferir al TSJC el juicio contra los seis dirigentes independentistas acusados únicamente de desobediencia. Son los exmiembros de la Mesa del Parlament Lluís Corominas, Lluís Guinó, Joan Josep Nuet y las leridanas Anna Simó y Ramona Barrufet, además de la exdiputada aranesa de la CUP Mireia Boya.

Con esta “desconexión procesal”, el alto tribunal pretende “un enjuiciamiento más ágil y sin dilaciones” del proceso en contra de estos seis acusados. De esta manera, solamente doce personas se sentarán en el banquillo del Tribunal Supremo acusadas todas ellas de rebelión y malversación de fondos públicos o que suman a este último delito el de desobediencia. A este respecto, son nueve miembros del Govern de Carles Puigdemont, encabezados por Oriol Junqueras, además de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, del exnúmero 1 de la Assemblea Nacional Catalana y diputado de JxCat Jordi Sànchez, y del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

Los magistrados niegan el derecho a decidir y afean al Parlament que se reitere en una resolución ya anulada

Con la resolución dada a conocer ayer, el Tribunal Supremo deja vía libre para que comience el juicio del 1-O, lo que previsiblemente tendrá lugar a finales de enero. Las defensas tienen diez días para proponer las pruebas a practicar en el juicio. Una vez sean presentados estos escritos, los magistrados resolverán en otro auto todas las peticiones de las partes y en ella se señalará la fecha de inicio del juicio.

BARCELONA

El Tribunal Constitucional hizo pública ayer la sentencia por la que anula la resolución aprobada por el Parlament el pasado 5 de julio, en la que se ratificaba en los objetivos marcados por la declaración del 9-N de 2015, que iniciaba “el proceso político en Catalunya como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre” de ese año. En su resolución, los magistrados advirtieron a las instituciones catalanas que únicamente son “legítimas” si actúan en el marco de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico. “Sin conformidad con la Constitución no puede predicarse legitimidad alguna porque en una concepción democrática del poder no hay más legitimidad que la fundada en la Constitución”, subrayaron.

Por otra parte, el Constitucional aprovechó para negar lla soberanía del “pueblo” de Catalunya. En este sentido, sostuvo que, afirmar la existencia de un “pueblo” soberano en una comunidad autónoma supone “la simultánea negación de la soberanía nacional que reside únicamente en el conjunto del pueblo español”. Así las cosas, los magistrados rechazaron el “derecho a decidir”.

Además, recordó al Parlament que ratificarse en los objetivos de la declaración del 9-N del 2015 está fuera de la ley ya que dicha decisión conecta directamente con una resolución que ya fue declarada inconstitucional de forma que la Cámara, al suscribirla, “está excluyendo la utilización de los cauces constitucionales para la conversión de Catalunya en un Estado independiente”.

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