SEGRE

TRIBUNALES CORRUPCIÓN

El cabecilla de la trama Gürtel, condenado a 7 años

Ahora por irregularidades para lograr adjudicaciones de Aena || Cinco años para un exdirectivo del ente aeroportuario

Correa y José Luis Izquierdo, condenados por la Audiencia.

Correa y José Luis Izquierdo, condenados por la Audiencia.EFE

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La Audiencia Nacional ha condenado a 6 años y 9 meses de cárcel al cabecilla de Gürtel, Francisco Correa, y a otros 5 años al exdirector de Comunicación de Aena Ángel López de la Mota por la pieza de este caso sobre adjudicaciones irregulares de este ente público a la trama a cambio de dádivas. La Audiencia también ha condenado a 5 años de prisión a José María Gavari -subordinado del exdirectivo de Aena-, y a 3 años y 3 meses de cárcel al contable del grupo Correa José Luis Izquierdo, todo ello por irregularidades en la adjudicación de contratos de Aena entre los años 2000 y 2002.

Esta es una de las piezas en la que se ramificó el caso Gürtel, cuya primera época ya ha sido juzgada y desembocó en la sentencia que hizo caer al gobierno de Mariano Rajoy. Aún están pendientes de juicio otras como el llamado caso Bárcenas, la relativa a la segunda época o a las irregularidades en el Ayuntamiento de Jerez.

El juez descarta el atenuante por dilaciones indebidas tras 9 años para que el caso llegara a juicio

Correa, que actualmente se encuentra en la cárcel madrileña de Valdemoro, ya ha sido condenado a más de 60 años de prisión en otros juicios de la trama.

Ahora, la sección segunda condena a Correa por delito continuado de prevaricación, fraude a las administraciones públicas, cohecho y falsedad y acuerda el comiso del beneficio obtenido por los contratos irregularmente adjudicados por Aena a sus empresas, que ascendió a 2,2 millones de euros.

En el caso de José Luis Izquierdo, los jueces le condenan por delito de cohecho y falsedad, le imponen una multa de 654.000 euros y le absuelven de prevaricación y fraude.

Además, el fallo condena a López de la Mota y Gavari por delitos de prevaricación, fraude y cohecho. En el caso del primero, acuerda el decomiso de las dádivas recibidas por valor de 95.363 euros y en el del segundo por 168.119 euros. A ambos les absuelve del delito de falsedad.

La sala rechaza en la sentencia aplicar la atenuante de dilaciones indebidas a pesar de que la causa ha tardado nueve años en ser juzgada.

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