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Polonia viola la independencia judicial, según el Tribunal de la UE

Al adelantar de forma obligatoria la jubilación de magistrados del Supremo

El presidente polaco, Andrzej Duda, en una imagen de archivo.

El presidente polaco, Andrzej Duda, en una imagen de archivo.EFE

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó ayer que la polémica reforma impulsada por el Gobierno ultraconservador de Polonia que adelanta la jubilación de los jueces del Tribunal Supremo viola los principios de inamovilidad del juez y de independencia judicial.

El caso se refiere a la reforma del sistema judicial impulsada por Varsovia hace más de un año y que, entre otras medidas, reduce la edad de jubilación de los magistrados del Alto Tribunal de 70 a 65 años, una jubilación forzosa que se aplica de manera retroactiva a los jueces.

La decisión de avanzar la edad de jubilación de los magistrados fue llevada por la Comisión Europea ante el TUE el pasado julio y solicitó que la Justicia europea lo examinara por procedimiento urgente y que aplicara medidas cautelares para suspender su aplicación hasta que hubiera sentencia, algo que el TUE aceptó en diciembre. En concreto, la sentencia publicada este lunes declara que reducir la edad de jubilación de los jueces que componen el Supremo polaco “no está justificada por un objetivo legítimo y viola el principio de inamovilidad del juez, inherente a su independencia”.

El TUE remarca, en particular, que el principio de inamovilidad exige que los jueces puedan permanecer en el ejercicio de sus funciones “en tanto no hayan alcanzado la edad de jubilación forzosa o hasta que termine su mandato cuando éste tenga una duración determinada”. Este principio, añade, sólo puede ser objeto de excepciones “cuando existan motivos legítimos e imperiosos que lo justifiquen y siempre que se respete el principio de proporcionalidad”.

El tribunal con sede en Luxemburgo no se cree la justificación de Polonia, que defendió durante la audiencia que la reducción de la edad de jubilación buscaba armonizar la edad de jubilación de los jueces del Supremo con la del conjunto de trabajadores del país.

En concreto, el Tribunal de Justicia de la UE critica que la reforma confiera al presidente de la República la capacidad discrecional de decidir si prorroga el mandato de los jueces y que ésta afectara a alrededor de un tercio de los miembros del Supremo actual (entre ellos la presidenta), dos factores que “pueden suscitar serias dudas en cuanto a las verdaderas finalidades” de la misma.

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