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La Seguridad Social gana el macrojuicio contra Deliveroo

La sentencia dicta que 532 ‘riders’ eran falsos autónomos || La empresa organizaba su actividad y gestionaba las propinas

Vista general de la sala donde se celebró el juicio contra Deliveroo

Vista general de la sala donde se celebró el juicio contra DeliverooEFE

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La Seguridad Social ganó ayer el primer macrojuicio contra la empresa de reparto Deliveroo. El juzgado social número 19 de Madrid estimó la demanda interpuesta por la Tesoreria General de la Seguridad Social contra Roodfoods Spain, la compañía matriz de Deliveroo, y declaró que 532 de sus repartidores a domicilio no son autónomos, sino que tienen una relación laboral con la sociedad. La sentencia concluye que en la prestación de servicios de los riders “prevalecieron las condiciones propias de la laboridad”. El magistrado argumenta que los repartidores atendían las demandas de acuerdo con las “detalladas instrucciones” de la empresa, que organizaba su actividad e incluso gestionava las propinas, determinando la forma en la cual se podian abonar e incluyéndolas en las facturas. La sentencia se puede recurrir en la Sala del Social del Tribunal Superior de Justícia de Madrid (TSJM). La resolución es fruto de la vista oral de más de 8 horas que se celebró el 31 de mayo. El juicio se celebró después que la Inspección de Trabajo emitiera un acta en la cual obligaba a la compañía de reparto a contratar como asalariados a 532 repartidores que trabajaron en la empresa entre 2015 y 2017. Después de examinar el material documental y las declaraciones, el magistrado establece que “los repartidores han ejecutado un trabajo personal en unas condiciones organizadas y dirigidas por la empresa, que es la única que controla la marca Deliveroo, su aplicación informática y toda la información que se desprendre”. De hecho, el juez constata “la falta de una organización empresarial en un sentido mínimamente estricto de los repartidores aisladamente considerados” y argumenta que “era necesario explicarles la tarea a realizar, proporcionarles el acceso a los medios de trabajo si se necesitaban e incluso, formarles”. En el documento también se considera acreditado que “lo esencial es que una vez aceptado el pedido, se debía atender, por parte de los repartidores, de acuerdo con las detalladas instrucciones de la empresa”.

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