SEGRE

TRIBUNALES CONDENA

Prisión permanente para ‘El Chicle’ por asesinar a Diana

El tribunal aprecia que la mató para ocultar un crimen sexual || Condenado a 10 años de libertad vigilada si sale de prisión

Una imagen de archivo de ‘El Chicle’ durante el juicio.

Una imagen de archivo de ‘El Chicle’ durante el juicio.EFE

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José Enrique Abuín, alias ‘El Chicle’, ha sido condenado a prisión permanente revisable por abusar y asesinar a la joven Diana Quer el verano de 2016. El tribunal de la Audiencia de A Coruña aprecia que Abuín acabó con la vida de la chica para ocultar un crimen contra su libertad sexual, aunque aprecia el atenuante de confesión. Hace poco más de dos semanas el jurado consideró al acusado culpable de rapto, asesinato con alevosía y de actos de contenido sexual imposibles de determinar al haber estado sumergida en agua.

La Audiencia también ha condenado a ‘El Chicle’ a cuatro años de prisión y cinco de libertad vigilada por un delito de detención ilegal y otro de agresión sexual, aunque no considera probado un crimen machista ya que sostiene que el acusado agredió a la víctima para satisfacer su apetito sexual y no por ser mujer.

Abuín debe indemnizar con 130.000 euros a cada uno de los padre de Diana y con 40.000 a su hermana

Además, en el caso de que se le revise la prisión permanente y sea puesto en libertad, el Chicle deberá permanecer diez años en libertad vigilada y en ese tiempo tendrá prohibido aproximarse a menos de un kilómetro de los padres y a la hermana menor de la víctima a los que deberá indemnizar con 260.000 y 40.000 euros respectivamente, además de hacerse cargo de los costes procesales.

La sentencia dictamina que Abuín secuestró a Diana metiéndola en el maletero de su vehículo y la trasladó hasta una nave situada en Rianxo “con la intención de atacarla sexualmente”. Tras desnudarla cometió con ella “ actos de contenido sexual que no se han podido determinar” y, para que este crimen no trascendiera, posteriormente la asfixió apretándole en cuello con una brida de más de 40 centímetros, lo que “le produjo la muerte por asfixia”. Después, arrojó el cuerpo de la víctima desnudo a un pozo de agua que había en la misma nave. Días más tarde, el acusado volvió al lugar de los hechos y al ver que el cuerpo no se había sumergido lo “lastró con bloques de adobe unidos con un cable”. Contra la sentencia puede interponerse un recurso de apelación ante el Tribunal de Justicia de Galicia.

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