SEGRE

EUROPA INMIGRACIÓN

La Justicia europea avala ahora la devolución en caliente de migrantes

El Tribunal de Derechos Humanos rectifica una sentencia de 2017 tras una denuncia de dos personas que saltaron la valla || Quedan pendientes más demandas

Imagen de archivo de un asalto de inmigrantes a la valla de Melilla en agosto de 2014.

Imagen de archivo de un asalto de inmigrantes a la valla de Melilla en agosto de 2014.EFE

Publicado por

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) avaló ayer las llamadas “devoluciones en caliente” de inmigrantes tras saltar la valla de Melilla, en un fallo que puede acarrear repercusiones inmediatas en la política migratoria de los países europeos.

La Gran Sala del TEDH –la más alta instancia de la corte, ante la que no cabe recurso–falló por unanimidad a favor de España en el caso de dos inmigrantes de Mali y Costa de Marfil que fueron expulsados a Marruecos tras entrar ilegalmente en el enclave español de Melilla en agosto de 2014.

Esta sentencia del Alto Tribunal ya no es recurrible, un fallo con repercusiones inmediatas

La corte europea rectificó así su sentencia de octubre de 2017, en la que la Sala condenó a España por esta “expulsión de carácter colectivo”, contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos, “sin ninguna medida administrativa o judicial previa”.

Ahora, la Gran Sala concluye que los dos demandantes, el maliense N.D. y el marfileño N.T., “se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad”, al acceder “a lugares no autorizados, en un grupo numeroso, aprovechando el efecto masivo y recurriendo a la fuerza”.

En este sentido, la Corte europea “no puede hacer responsable al Estado de la ausencia en Melilla de una vía de recurso legal que les hubiera permitido recurrir la expulsión”.

Esa falta de un recurso contra la expulsión “no constituye por sí misma una violación del artículo 13 del Convenio”. Ese artículo garantiza el derecho a un recurso efectivo, que fue desestimado, al igual que el artículo 4 del Protocolo nº4, que prohíbe las expulsiones colectivas de extranjeros.

Contra el fallo de ayer no cabe recurso, por lo que España no tendrá que indemnizar con 5.000 euros a cada uno de los demandantes.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene pendientes dos demandas similares contra España, presentadas en 2015 y 2017 por tres subsaharianos, que alegan expulsión colectiva “con malos tratos”.

Las organizaciones representativas de guardias civiles y policías celebraron el fallo y aprovecharon para lanzar diferentes peticiones que van desde revisar el protocolo de actuación a pedir mayor implicación de las instituciones europeas o alcanzar un Pacto de Estado a partir del acuerdo con Marruecos de 1992.

tracking