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El Constitucional rechaza suspender la pena de prisión a Carme Forcadell

Carme Forcadell.

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El pleno del Tribunal Constitucional rechazó ayer por unanimidad dejar en suspenso la ejecución de la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a la expresidenta del Parlament de Catalunya Carme Forcadell, condenada a once años y medio de cárcel por un delito de sedición por su participación en el procés.

El Constitucional desestimó así la pretensión de Forcadell de que su condena quedara en suspenso hasta la resolución del recurso de amparo que presentó su defensa. Entre sus alegaciones exponía el riesgo que implica para su salud cumplir pena de prisión en una situación de pandemia, pero el Tribunal respondió que la compatibilidad entre el cumplimiento de la condena y la salud corresponde a las autoridades penitenciarias, con el debido control del juez de vigilancia. Además argumentó en su auto que su decisión se basa en la gravedad de los hechos enjuiciados y la pena impuesta, ya que esta es de más del doble de los cinco años de prisión en los que el Tribunal sitúa la frontera para suspender las entradas en prisión. Asimismo añadió que suspender la ejecución de la condena “supondría una perturbación grave de un interés protegido constitucionalmente, como es el de la garantía de la efectividad de la actuación de los poderes públicos, en este caso del Poder Judicial”.

Forcadell, igual que el resto de los nueve condenados en la causa del 1-O, disfruta desde mediados de mes del tercer grado penitenciario por decisión de la Generalitat.

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