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El juzgado desestima la suspensión del tercer grado para Forcadell i Bassa que había pedido la fiscalía

Según los autos del magistrado, la ley sólo prevé la suspensión cautelar cuando se presenta el recurso de apelación ante el tribunal sentenciador

Carme Forcadell, en una salida de la cárcel en febrero.

Carme Forcadell, en una salida de la cárcel en febrero.ACN

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El juzgado de vigilancia penitenciaria número 1 de Catalunya ha desestimado la suspensión cautelar del tercer grado otorgado a Carme Forcadell y Dolors Bassa que había pedido la fiscalía. Según los autos del magistrado, la ley sólo prevé la suspensión cautelar cuando se presenta el recurso de apelación ante el tribunal sentenciador, no antes, en el recurso de alzada en el juzgado de vigilancia penitenciaria contra la resolución administrativa de la Generalitat. Por eso, mujer debe días a las afectadas para que presenten alegaciones al recurso de la fiscalía. Este argumento es lo mismo que utilizó al abogado de Jordi Sànchez para oponerse a la suspensión del tercer grado acordada por el juzgado de vigilancia número 5.

Por otra parte, el mismo juzgado ha rechazado pronunciarse sobre la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario en Bassa, ya que la situación ya está superada por la concesión del tercer grado.

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