TRIBUNALES ?PROCÉS?
El Supremo revoca el tercer grado a los nueve presos por el 1-O al considerarlo “prematuro”
El tribunal también les deniega la aplicación del artículo 100.2, que les permitía salir a trabajar o hacer voluntariado || Los condenados tildan la decisión de una “venganza previsible” por parte del Estado
El Tribunal Supremo anuló ayer el tercer grado concedido por la Generalitat a los nueve presos del procés en considerarlo “prematuro”. La decisión afectó especialmente a la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell y a la exconsellera Dolors Bassa, que mantenían el tercer grado a la espera de la decisión final del Supremo, y que volvieron a ingresar en prisión rodeadas de centenares de personas que se congregaron para mostrarles su apoyo. Por su parte los siete internos en Lledoners ya lo tenían suspendido cautelarmente y ahora lo tienen anulado por completo.
Los magistrados también les denegaron la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que les permitía salir a trabajar o hacer voluntariado, por su “falta de conexión” con un proceso de reinserción.
Ambas, que eran las únicas de los nueve que mantenían el tercer grado, volvieron ayer a prisión
El Tribunal ve un intento de la Generalitat de dar a los líderes independentistas un “tratamiento privilegiado”
En sus nueve autos, que han tardado más de una semana en resolver, la Sala destaca que es preciso que transcurra un periodo de tiempo mayor para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, más cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de prisión) de las que ninguna ha cumplido la mitad, y la mayoría (excepto Jordi Cuixart, Jordi Sánchez y Joaquim Forn) ni siquiera una cuarta parte. En este sentido apunta que la concesión del tercer grado a un interno que no haya cumplido la cuarta parte de la condena es excepcional y exige “una justificación reforzada”.
Por eso, la Sala arremete duramente contra la administración penitenciaria catalana por, de alguna manera, invalidar la condena impuesta por el Supremo. “No puede distanciarse de los principios y garantías que informan de la ejecución de las penas impuestas por los tribunales”, porque “su acatamiento de la legalidad no debe hacerse depender de su grado de identificación o desacuerdo con la argumentación jurídica” de la condena, asevera. En este sentido, destaca que “no pueden vaciar la respuesta penal proclamada por un tribunal de justicia, sometiendo su sentencia a una relectura que disfraza un tratamiento penitenciario privilegiado e improcedente”.
Por otra parte, la Sala insiste en aclarar que ninguno ha sido condenado por sus ideas. Los nueve presos, que ya tenía claro cuál iba a ser la decisión, coincidieron en considerar una “venganza” del Estado la decisión del Alto Tribunal, del que destacaron que “no le importa la justicia”. Asimismo Forcadell y Bassa lamentaron haber conocido el auto por la prensa.