SEGRE

CORRUPCIÓN MONARQUÍA

La Agencia Tributaria ha abierto una inspección fiscal al rey emérito

Para comprobar la veracidad de sus regulaciones voluntarias de casi 5 millones de euros || Será fundamental para el futuro de la investigación abierta por la Fiscalía

El rey emérito Juan Carlos I en una fotografía de archivo.

El rey emérito Juan Carlos I en una fotografía de archivo.EUROPA PRESS

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La Agencia Tributaria (AEAT) ha notificado al rey emérito Juan Carlos I la apertura de una inspección y le ha pedido más información para comprobar la veracidad de las dos regulaciones voluntarias que ha presentado y que han permitido aflorar casi 5 millones de euros. Del resultado de estas pesquisas sobre las cuentas del exmonarca y el origen del monto entregado al fisco dependerá el futuro de las diligencias de la investigación que tiene abierta la Fiscalía del Tribunal Supremo.

Juan Carlos I presentó en diciembre de 2020 a una declaración por importe de 678.393,72 euros incluyendo intereses y recargos. Esta regularización está vinculada al uso fraudulento de tarjetas opacas. Unos meses después, en febrero de este año, volvió a hacer una nueva. Esta vez, por rentas no declaradas durante varios ejercicios que sumaban más de ocho millones de euros de pagos en especie. El rey emérito entregó al fisco en esta ocasión cerca de 4,4 millones por los gastos correspondientes a viajes y servicios que fueron presuntamente sufragados por la fundación Zagatka, de su primo Álvaro de Orleans-Borbón.

La apertura de una inspección, adelantada ayer por El Español, fue apuntada hace unas semanas por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que aseguró que, como con cualquier otro contribuyente, se estaba comprobando si la regularización presentada por el emérito es “completa y veraz”.

En concreto, la AEAT le reclama más información sobre los pagos asumidos por la Fundación Zagatka, así como datos sobre sus cuentas bancarias, tarjetas y patrimonio.

En el caso de ambas regularizaciones el abogado de exmonarca, Javier Sánchez Junco, remarcó que se realizaban “sin requerimiento previo”. Esta matización es importante, ya que el letrado se apoya en las denominadas excusas absolutorias que contempla el artículo 305.4 del Código Penal, lo que le permitiría quedar exento de incurrir en delitos fiscales por este asunto. El artículo indica que quedará libre de responsabilidad penal “el que regularice su situación tributaria antes de que se le haya notificado por la Administración tributaria la iniciación de actuaciones de comprobación”.

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