La Audiencia rechaza archivar la causa de las cargas del 1-O como pedía la Fiscalía
La Audiencia de Barcelona ha rechazado la petición de la Fiscalía de archivar el grueso de las causas abiertas por las cargas de la Policía Nacional en el referéndum del 1-O al considerarlo "improcedente y anticipado", ya que las pruebas practicadas apuntan a un "relato fáctico punible".
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, avala así la decisión del Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona de seguir investigando por delitos de lesiones y contra la integridad moral a los policías nacionales que cargaron contra los votantes del 1-O, lo que fue recurrido por el Ministerio Público.
Concretamente, la Fiscalía pedía archivar la mayoría de los casos abiertos por las cargas -en una investigación que ya suma a cerca de 40 agentes imputados-, a excepción de media docena de actuaciones "individualizadas" de agentes, la mayoría por delitos leves.
Sin embargo, la sala considera que el sobreseimiento del proceso es "improcedente y anticipado (...) no solo porque aún quedan pendientes diligencias que practicar, sino porque del resultado de las ya efectuadas, cuando menos, se desprende la posibilidad de efectuar un relato fáctico punible".
La Audiencia considera que la Fiscalía no ha justificado de forma individualizada los motivos por los que insta a que se archive el conjunto del proceso a excepción de siete casos -cinco por delitos leves y dos por delitos graves o menos graves-, sino que se ampara en la sentencia del "procés" como si tuviese "efecto vinculante" en esta causa.
"(La Fiscalía) despliega un amplísimo argumentario que expone a lo largo de 67 folios parafraseando la sentencia dictada por el Tribunal Supremo a la que pretende atribuir un efecto vinculante sobre esta causa que en modo alguno puede desplegar, so pena de quebrantar los más sólidos principios de nuestro derecho penal, cuyo aparente desconocimiento por el recurrente no deja de sorprendernos en gran manera", subrayan los magistrados.
Apuntalan de esta forma el razonamiento del juez instructor, para quien el fallo del Supremo contra los líderes independentistas por el 1-O "de ninguna manera puede vincular ni en cuanto a los hechos ni en cuanto a sus fundamentos de derecho lo que en esta causa pueda decidirse", dado que "enjuicia hechos en absoluto coincidentes" con los de esta investigación.
"Aun cuando pueda advertirse una conexión entre ellos, nada tiene que ver el enjuiciamientos sobre la convocatoria y celebración de un referéndum de autodeterminación con respecto a determinadas personas con la determinación de las causas que provocaron las lesiones sufridas por los múltiples ciudadanos que acudieron, en base a aquella convocatoria, a los respectivos colegios electorales donde tuvo lugar la intervención policial", sostiene el auto.
Con su razonamiento, la Audiencia avala además que la actuación policial se someta a la oportuna investigación "no tanto en cuanto a su legitimidad, como en cuanto a su ejecución dentro de los límites de proporcionalidad y necesidad que han de inspirar toda actuación policial en la que se materialice el uso de la fuerza".
La Fiscalía solicitó el archivo de la mayoría de las 27 investigaciones abiertas por las cargas de la Policía Nacional el 1-O en Barcelona, al concluir que su actuación fue "proporcionada" y "legítima", derivada de una orden judicial que los Mossos d'Esquadra no cumplieron con eficacia.
El Ministerio Público alegó para ello que la sentencia del "procés" "guarda íntima relación" con la investigación sobre las cargas policiales en los centros de votación, por lo que, a su entender, los argumentos del Supremo deben ser "inspiradores y vehiculares" de la actuación de la Fiscalía, un argumento que ha sido rechazado de plano por la Audiencia.