Condenados a 53 años y medio y 46 años y medio de prisión los principales acusados del 17-A
El tribunal también condena a Said ben Iazza a ocho años de prisión por colaboración con organización terrorista
La Audiencia Nacional ha condenado a 53 años y medio de prisión a Mohamed Houli Chemlal y a 46 y medio a Driss Oukabir por los atentados terroristas del 17 de agosto del 2017 en Barcelona y Cambrils. También ha condenado a ocho años de prisión a Said ben Iazza por colaboración con organización terrorista. La fiscalía pedía 36 años de prisión para Oukabir, mientras que Generalitat y Ayuntamiento de Barcelona pedían entre 44 y 90 años. Para Houli Chemlal pedían 41 años de prisión la fiscalía y entre 44 y 95 años las dos instituciones catalanas. Para Ben Iazza pedían ocho años de prisión por colaboración con banda terrorista.
En su sentencia, los magistrados de la sección tercera condenan a Houli Chemlal i Oukabir por pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave. Además, la resolución, de 1.018 páginas, los impone la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercarse a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas privativas de libertad. La sala indica que el cumplimiento efectivo de las penas para estos dos acusados no excederá de 20 años. La Audiencia condena el tercero de los acusados, Said Ben Iazza, a 8 años de prisión por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.
En la sentencia, la sala de lo penal acuerda absolver a Mohamed Houli y Driss Oukabir de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia por las cuales también habían sido acusados. El tribunal absuelve igualmente a Said Ben Iazza de los delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y de conspiración para cometer estragos terroristas por los que también había sido acusado en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional entre noviembre y febrero. La sentencia se puede recurrir ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional.