TRIBUNALES RESOLUCIÓN
Estrasburgo no castigará a España por las cargas policiales del 1-O en Castellgalí
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha desestimado por “infudados” los dos primeros recursos que le han sido presentados por las cargas policiales que tuvieron lugar durante la celebración del referéndum de autodeterminación de Catalunya del 1 de octubre de 2017.
Después de agotar la vía judicial interna en España, dos vecinos de la comarca del Bages que resultaron heridos en la irrupción de la Guardia Civil en el colegio electoral situado en la Escola Sant Miquel de Castellgalí denunciaron en agosto del año pasado a España ante los magistrados de este órgano judicial del Consejo de Europa por, supuestamente, no garantizar su derecho a un juicio justo.
Manifestaron que la investigación de las cargas fue “muy escasa”. Sin embargo, según se supo ayer, en mayo de este año, el TEDH dictaminó que ambos recursos no podían ser admitidos porque las quejas eran “infundadas” y no se apreciaban, de entrada, vulneraciones de derechos fundamentales.
La decisión es firme y no puede ser recurrida, aunque no cierra la puerta a que otros afectados por las cargas del 1-O puedan apelar ante Estrasburgo cuando finalicen los procedimientos en los que están inmersos ante los tribunales españoles.
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