EUROÓRDENES
El TC avala la vigencia de todas las órdenes de detención dictadas por el Supremo contra Puigdemont, Comín, Ponsatí y Puig
El tribunal considera que suspender medidas cautelares supondría resolver anticipadamente el fondo del asunto
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la vigencia de las órdenes españolas, europeas e internacionales de detención contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, y los exconsellers Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig.
Por unanimidad, el TC ha desestimado el recurso de súplica y la solicitud de medidas cautelares contra las resoluciones de 14 de octubre y 4 de noviembre de 2019, en los que se acordaba emitir órdenes de detención contra los cuatro políticos.
La sentencia confirma la decisión del tribunal, adoptada el 16 de marzo pasado, de no suspender preventivamente las órdenes de detención inaudita parte.
Se considera que aquella decisión fue respetuosa con el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente, y no vulneró su derecho a la tutela cautelar porque el tribunal abrió, simultáneamente, una pieza separada de medidas cautelares sujeta a un procedimiento contradictorio.
Por su parte, la decisión de no suspender la vigencia de las órdenes de detención se basa en una consolidada doctrina constitucional, que niega la suspensión cautelar en el procedimiento de amparo de las medidas provisionales privativas de libertad o que puedan tener un impacto en el derecho a la libertad personal.
El TC sostiene que suspender en la pieza de cautelares del recurso de amparo una medida cautelar adoptada por un órgano de la jurisdicción ordinaria y que conforma el objeto principal de este recurso de amparo, supondría una resolución anticipada del fondo del recurso.