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TRIBUNALES RESTRICCIONES

El TC declara inconstitucional el segundo estado de alarma

Por la prórroga y porque los presidentes autonómicos fueran autoridades competentes || En Lleida se impuso 12.000 multas

Control de tráfico en Lleida durante el toque de queda.

Control de tráfico en Lleida durante el toque de queda.SEGRE

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El Tribunal Constitucional (TC) declaró ayer inconstitucional el segundo estado de alarma, por lo que ha prosperado el recurso sobre el decreto del Ejecutivo de Pedro Sánchez. El pleno, dividido en esta ocasión, se ha decantado por declarar su inconstitucionalidad por seis votos contra cuatro, y considera que el plazo de seis meses de prórroga -estuvo vigente entre el 9 de noviembre de 2020 y el 9 de mayo de 2021- tuvo un carácter no razonable o infundado, así como el nombramiento de los presidentes autonómicos como autoridades competentes delegadas. El TC ya había declarado inconstitucional el primer estado de alarma.

La sentencia también tumba el apartado que decía que la autoridad competente delegada podrá determinar, en su ámbito territorial, que la hora de comienzo del confinamiento previsto sea entre las 22.00 horas y las 00.00 horas; y que la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5.00 y las 7.00 horas. Esta sentencia puede suponer la anulación de parte de las 12.000 denuncias en las comarcas de Lleida en el segundo estado de alarma. De las del primero (8.000 en Lleida) se devolverá el importe de las que se han pagado y el resto serán anuladas (ver SEGRE del martes).

El conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, anunció que devolverán el dinero, que en Catalunya son unos cuatro millones de euros.

La fachada del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.

La fachada del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.EFE/JUANJO MARTÍN/ARCHIVO

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