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TRIBUNALES PANDEMIA

El TC salva al Estado de devolver 12.000 multas antiCovid en Lleida

Los magistrados consideran que las restricciones durante el segundo estado de alarma fueron proporcionales|| “Una medida adecuada para combatir la pandemia”

Imagen de un control de Mossos por el confinamiento nocturno.

Imagen de un control de Mossos por el confinamiento nocturno.MAGDALENA ALTISENT

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El Tribunal Constitucional (TC) considera que las restricciones de movilidad durante el segundo estado de alarma superaron el juicio de proporcionalidad necesario, por lo que avala la constitucionalidad de las medidas. De esta forma, el TC salva al Estado de devolver las multas impuestas a quien se saltó estas restricciones durante el segundo estado de alarma, que en las comarcas leridanas supuso 12.000 denuncias. Aunque el fallo se conoció el 27 de octubre, ayer se dio a conocer el contenido de la resolución.

En la sentencia, que estima parcialmente el recurso de Vox y declara inconstitucional la falta de control al Gobierno por parte del Congreso que supuso la prórroga de seis meses del segundo estado de alarma y la cogobernanza de las comunidades autónomas, los magistrados consideran ajustada a Derecho la limitación de la circulación de personas en horario nocturno; la restricción de entrada y salida de personas en comunidades y ciudades autónomas o en ámbitos territoriales inferiores; así como la limitación de la permanencia de grupos de personas tanto en espacios públicos/privados como en lugares de culto. En el caso de la limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno, el tribunal concluye que “debe reputarse como una medida adecuada para combatir aquella evolución negativa de la pandemia, pues se hizo frente a una situación de riesgo que había sido detectada como favorecedora de los contagios, la de los encuentros sociales producidos en aquellas horas de la noche del tiempo anterior al estado de alarma”. A su juicio, fue una medida “proporcionada a la consecución de un fin constitucionalmente legítimo y de interés general para la comunidad social como era el de la preservación de la vida”.

Asimismo, avala la constitucionalidad de la limitación de entrada y salida de personas en comunidades y ciudades autónomas o en ámbitos territoriales inferiores.

El Govern retornará las sanciones del primer estado de alarma

? El Tribunal Constitucional (TC) ya declaró el pasado mes de julio la inconstitucionalidad de la medida que obligó a confinar a la población al principio de la pandemia del Covid-19 durante el primer estado de alarma, entre 14 de marzo y el 21 de junio de 2020. En Lleida, la Generalitat anunció que devolverá el importe de las 8.000 multas que se han pagado y el resto serán anuladas.

El conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, aseguró que devolverán el dinero, que en Catalunya son unos cuatro millones de euros. Interior había abierto un total de 146.000 expedientes por las denuncias del primer estado de alarma puestas por los Mossos d’Esquadra y las policías locales: además de las sanciones cobradas, tenía 63.000 más en tramitación que han quedado paralizadas.

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