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La Junta Electoral ordena al Parlament que retire el escaño a Pau Juvillà

El órgano electoral considera que hay motivos de inelegibilidad sobrevenida

Pau Juvillà durante el juicio en el TSJC.

Pau Juvillà durante el juicio en el TSJC.ACN

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La Junta electoral Central (JEC) ha rechazado las alegaciones del Parlament en defensa del acta del diputado de la CUP y secretario Tercero de la Mesa Pau Juvillà, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) –sin sentencia firme– a seis meses de inhabilitación para negarse a retirar los lazos amarillos de su despacho de la Paeria de Lleida. El órgano electoral considera que se dan las circunstancias que permiten aplicar al político leridano una inelegibilidad sobrevenida.

La JEC actúa de esta manera en la dirección que le reclamaban los escritos presentados por Vox, Cs y PPC que solicitaban que ordenara la retirada del acta. En su escrito, la JEC considera que el delito de desobediencia por el que ha sido condenado Juvillà "está incluido" en el catálogo de delitos del Código Penal contra la Administración Pública, y por lo tanto "se tiene que entender que incurre en el supuesto de inelegibilidad previsto al artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)". Más información

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