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TRIBUNALES FISCALIDAD

El TJUE declara ilegales las sanciones por no declarar bienes en el exterior

Considera que las multas son “desproporcionadas” y se menoscaba la libre circulación de capitales || Hacienda prevé modificar la norma antes del 31 de marzo

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, explica que la norma, reformada, seguirá en vigor.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, explica que la norma, reformada, seguirá en vigor.EUROPA PRESS

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado ilegal la imprescriptibilidad y las sanciones asociadas a la declaración de bienes y derechos en el extranjero -el modelo 720- porque considera que las multas son “desproporcionadas” y se menoscaba la libre circulación de capitales. La corte europea da así la razón a la Comisión Europea (CE) que en 2019 recurrió a los tribunales comunitarios tras pedir a España modificar sin éxito una legislación que, a su juicio, impone sanciones excesivas a quienes no hacen la declaración o la presentan fuera de tiempo.La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, explicó que el TJUE no cuestiona el modelo, que seguirá en vigor, y aseguró que la intención del Ejecutivo es aprobar la modificación de la norma antes de que el 31 de marzo expire el plazo para presentar la declaración este ejercicio.El Gobierno se servirá de alguna de las leyes actualmente en tramitación para introducir cambios en el plazo de prescripción y en el importe de las sanciones, que son los aspectos del modelo 720 que la justicia europea ha tumbado.Cada año se presentan unas 60.000 declaraciones y desde la puesta en marcha del modelo en 2013 se han declarado bienes por unos 225.200 millones de euros. No presentar el modelo 720 o hacerlo fuera de plazo está castigado con multas de cuantía fija por cada conjunto de datos que no se declare y con la regularización de lo adeudado con una penalización de hasta el 150% de la cuota de liquidación, considerándose la renta descubierta como ganancia patrimonial no justificada, lo que en la práctica impide que el afectado se ampare en la prescripción.Desde que entró en funcionamiento, bajo el Gobierno de Mariano Rajoy, se han impuesto multas por unos 230 millones y ahora habrá que ver “la letra pequeña de la sentencia” para saber si se tendrá que devolver todo ese importe o solo una parte, según dijo Montero.La obligación de presentar una declaración sobre los bienes en el extranjero se incluyó en la ley de lucha contra el fraude fiscal de 2012

La decisión del tribunal europeo colocará al emérito en mejor situación administrativa

Los abogados de la familia Pujol Ferrusola pedirán a la Agencia Tributaria que les devuelva alrededor de 1,7 millones de euros pagados a raíz de la regularización y repatriación de unos fondos no declarados procedentes del banco andorrano BPA en 2014.

Lo hará a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que considera abusivas las multas de la llamada ‘ley Montoro’ a los fondos y bienes en el extranjero, la familia del expresident y otros afectados podrán pedir la recuperación del dinero con intereses. Aunque el TJUE dice que la norma podría estar justificada para luchar contra el fraude, considera que va “más allá de lo necesario”, con multas que afirma que pueden llegar a superar “el 100% del valor de los bienes o derechos al extranjero”. Entre las personas que podrían reclamar también a Hacienda se podrían encontrar otros personajes famosos, desde el jugador de fútbol Cristiano Ronaldo a Rodrigo Rato, que han sido algunos de los obligados a pagar fuertes cantidades por no haber declarado bienes.Además, según La Vanduardia, colocará en una mejor situación administrativa al rey emérito, Juan Carlos I, que también cuenta con bienes en el extranjero.

Con todo, el rey emérito mantiene su situación penal, dado que la normativa del exministro del PP Cristóbal Montoro solo tenía efectos administrativos. No obstante, sus activos en Suiza y otros paraísos fiscales con los que operaba quedan salvaguardados con la nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.La obligación de presentar una declaración sobre los bienes en el extranjero se incluyó en la ley de lucha contra el fraude fiscal de 2012 con el objetivo de aflorar patrimonio oculto tras la amnistía fiscal, aunque el primer plazo para presentar el modelo 720 se situó en 2013. Obliga a los titulares de cuentas en entidades financieras, títulos, activos, valores, bienes inmuebles, monedas virtuales o seguros de vida valorados en más de 50.000 euros y con residencia en España a informar a la Agencia Tributaria.

También tienen que informar en ejercicios sucesivos si el patrimonio declarado se incrementa en más de 20.000 euros.

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