El Supremo confirma la absolución de Tamara Carrasco
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de la activista Tamara Carrasco por|para 11 votos en 6. De esta forma, ha quedado desestimado el recurso que había presentado la fiscalía contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que, en la línea de lo que había hecho previamente un juzgado de lo penal, la había absuelto de un delito de incitación a desórdenes públicos. El ponente inicial de la sentencia del Supremo, Ángel Hurtado, ha quedado en minoría y emitirá un voto particular. Han votado con él Manuel Marchena, Pablo Llarena, Antonio del Moral, Julián Sánchez Melgar y Vicente Magro.
La fiscalía había recorrido|recurrido la absolución de Carrasco y volvía a pedir siete meses de prisión. A pesar de las dos sentencias absolutorias previas, consideraba que el activista de los CDR incitó a cometer desórdenes públicos al haber enviado un audio en un grupo de WhatsApp después de la detención del expresidente Carles Puigdemont en Alemania en marzo del 2018. El ministerio público cree que las dos sentencias previas no aplican la modificación del Código Penal realizada en el 2015, que permitiría condenar Carrasco por difundir mensajes destinados a alterar la orden pública aunque los desórdenes no se acabaran cometiendo.
En la primera sentencia que absolvió a Carrasco, la jueza criticaba duramente la investigación hecha por la Guardia Civil, que no ha podido explicar cómo obtuvo el audio con la voz de Carrasco ni demostrar cómo se difundió. Consideraba que no se puede demostrar que lo enviara a ningún CDR, ni que ninguna acción de protesta que se llevó a cabo respondiera a este audio. La magistrada, de hecho, afirmaba que el mensaje del activista de Viladecans era informativo, no incitaba a cometer ningún desorden y que las acciones hechas por los CDR eran legales.
Por su parte, la Audiencia subrayaba que el mensaje de WhatsApp no implica difusión pública y añadía que el mensaje de voz no llamaba a participar en las acciones que se produjeron aquellos días, que sí que calificaba de desórdenes públicos.
Además del voto paritcular de Hurtado, habrá otros. El nuevo poniente de la sentencia del Supremo es Javier Hernández.