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PANORAMA

El desorden público que sustituye a la sedición deberá ser violento para ser delito

Se castigará con un máximo de 5 años de prisión frente a los 15 que contempla actualmente el Código Penal || La remodelación mejorará la cooperación judicial internacional, según afirma el Gobierno

Los portavoces de Podemos y PSOE, Jaume Asens y Patxi López, presentaron ayer la propuesta.

Los portavoces de Podemos y PSOE, Jaume Asens y Patxi López, presentaron ayer la propuesta.EUROPA PRESS

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Los partidos que conforman el Gobierno central, PSOE y Podemos, registraron ayer la proposición de ley con la que pretenden derogar el actual delito de sedición y sustituirlo por el de desórdenes públicos agravados, que contempla penas de hasta 5 años de prisión –frente a los 15 años que recoge el Código Penal vigente– y 8 años de inhabilitación – lejos de los 15 años que establece la ley actual–. El texto plantea esta rebaja dejando fuera del Código Penal el Capítulo I del Título XXII, que define el delito de sedición, y modificando el artículo 557 para crear el nuevo delito, que el Gobierno ha denominado “desórdenes públicos agravados”. Así, el texto establece que serán castigados quienes “actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o cosas; obstaculizando las vías públicas, ocasionando un peligro para la vida o la salud de las personas o invadiendo instalaciones o edificios”.

En estos casos, las penas irán de los seis meses a los tres años. Las condenas, no obstante, serán de tres a cinco años de cárcel e inhabilitación para ser cargo público cuando este delito “se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público”. En caso de ser autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de 6 a 8 años.PSOE y Podemos justifican su intención de suprimir la sedición y modificar el delito de desórdenes, subrayando que ayudará a los jueces sobre los tipos de delitos aplicables, y se mejorará la cooperación judicial internacional, ya que será un delito homologable al de otros países europeos.

El texto hace así una alusión indirecta a las fallidas órdenes de extradición emitidas por la Justicia española contra los líderes del procés.El texto, que se ha tramitado por la vía rápida, se abrirá a modificaciones a través de enmiendas una vez llegue al Congreso. Para poder ser aprobado necesitará el voto a favor de la mayoría absoluta de la Cámara, por lo que habría bastante con el apoyo del Gobierno y sus socios.

La reforma impactará en la situación de los acusados por el ‘procés’

La reforma penal planteada por el Gobierno central tendrá repercusión en la situación de los líderes del procés, aunque será necesario esperar para ver el alcance.

En el caso de los que se encuentran en el extranjero, las que más podrían beneficiarse son la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y la exconsellera Clara Ponsatí, ya que la eliminación del delito de sedición haría que solo se las pudiera reclamar por desórdenes públicos, en el caso de que los hechos encajaran. Además, el delito podría haber prescrito antes de ser juzgadas, puesto que con la reforma la prescripción pasará de los 20 a los 10 años. Con todo, como el nuevo delito es homologable en otros países europeos, esto podría facilitar su extradición.

En el caso del expresidente Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín, al estar acusados también de malversación, su situación es más complicada de predecir, según juristas.En cuanto a los nueve dirigentes independentistas que fueron condenados en 2019 por el 1-O, una vez se materialice la derogación podrían pedir una revisión de condena al Tribunal Supremo, afirman los expertos. El primer paso será ver en qué delito del nuevo Código Penal encajan los hechos que se dieron probados en la sentencia del procés. Una vez identificado, esas penas podrían aplicarse a los cinco condenados solamente por sedición –Carme Forcadell, Joaquim Form, Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart–, pero para Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, los magistrados tendrán que estudiar cómo combinar las penas del delito seleccionado para sustituir a la sedición con las penas de la malversación.

Y ello es así porque fueron condenados por sedición, pero en concurso medial con malversación, es decir, el tribunal consideró que malversaron fondos públicos para perpetrar la sedición.

Otras trasposiciones europeas acompañan a la nueva ley

El Gobierno ha aprovechado la proposición de ley que elimina el delito de sedición para trasponer directivas comunitarias y realizar otras reformas, resolver “déficits y lagunas” que existen en el Código Penal en el área de los delitos económicos y el uso de herramientas informáticas, la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago, el abuso de mercado o las atribuciones de las autoridades de la competencia. En este sentido, incluye a las criptomonedas en el Código Penal como posible medio de fraude.

Dentro de los delitos contra la integridad moral se introducirá también una modalidad delictiva específica para la ocultación del cadáver y también para el contrabando con material de defensa o tecnología de doble uso.

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