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JUSTICIA "PROCÉS"

La Fiscalía se opone a rebajar la condena de 13 años de inhabilitación a Oriol Junqueras

Considera que igual que Turull, Romeva y Bassa cometieron un delito de malversación agravada que prevé esa pena || Se abre a rebajar la del resto, aunque los acusa de desórdenes públicos agravados

Los condenados por el 1-O durante el juicio celebrado en el Tribunal Supremo.

Los condenados por el 1-O durante el juicio celebrado en el Tribunal Supremo.EUROPA PRESS

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Los fiscales del procés han solicitado al Tribunal Supremo que mantenga las penas de inhabilitación impuestas a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, en el marco de la revisión que los magistrados de la Sala de lo Penal deben efectuar de esta sentencia debido a la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación. El líder de ERC fue condenado a 13 años de cárcel e inhabilitación y Romeva, Turull y Bassa a 12 años por malversación y sedición. Según el escrito de la Fiscalía, pese a que la reforma haya derogado el delito de sedición, el tribunal puede mantener las inhabilitaciones tal y como fueron impuestas en la sentencia por el 1-O porque su duración entra en el horquillado previsto para el delito de malversación agravada que les atribuye (entre 10 y 20 años de inhabilitación).

La Fiscalía defiende así la tesis –también recogida en el último auto del juez Llarena sobre Carles Puigdemont– de que pese a la reforma de la malversación para diferenciar entre ánimo de lucro y desviación de fondos a otros fines públicos, hay que atribuir a los condenados por el 1-O la forma agravada, entendiendo que “el ánimo de lucro no solo se integra por la obtención de un beneficio económico propio para el autor o para un tercero, sino también por la consecución de cualquier otro beneficio, ventaja o satisfacción, como sucede cuando apropiándose de los fondos públicos estos son destinados a fines delictivos”. Por el contrario, sí pide rebajas de las penas de inhabilitaciones para el resto de condenados, pero con un matiz. Pondera la desaparición del delito de sedición atribuyendo a los condenados el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, por lo que les mantiene buena parte de los años de inhabilitación a los que estaban condenados.

En este sentido, pide una inhabilitación de 9 años y dos meses para Carme Forcadell (condenada a 11 años y seis meses), de 8 años y dos meses para Joaquim Forn y Josep Rull (10 años y seis meses), y de 5 años para Jordi Cuixart y Jordi Sànchez (9 años).Por su parte, la Fiscalía General del Estado estableció unas pautas sobre la reforma penal para rebaja las penas en caso de que no se perciba lucro personal, y aclaró que ese ánimo de lucro se apreciará siempre que haya voluntad de disponer del dinero público para “conseguir una ventaja o beneficio propio”, sin necesidad de que haya una “ventaja patrimonial o un incremento económico”. En este sentido, señala que “no se revisarán las sentencias condenatorias por malversación apropiatoria dictadas tras la reforma de 2015 puesto que la nueva ley ha establecido idénticas penas de prisión e inhabilitación”, lo que incluye la sentencia del procés.Tras conocerse esta petición, el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, aseguró que el hecho de que los fiscales pidan mantener la pena a Junqueras confirma que los delitos por los que fueron condenados por el 1-O siguen estando “penalizados”. Mientras, desde Esquerra aseguraron que recurrirán “cualquier resolución que no aplique la ley más favorable” en la revisión de la condena del Supremo tras la reforma del Código Penal.

En este sentido tildaron de “un golpe de Estado” la interpretación que está haciendo Llarena de la reforma “obviando la voluntad de la malversación”.

El juez procesa a 45 policías nacionales por las cargas del 1-O en Barcelona

El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona, que investiga las cargas de la Policía Nacional para impedir el referéndum del 1-O en Barcelona, ha dejado a un paso de juicio a 45 agentes del cuerpo ante los indicios de que su actuación podría constituir delitos de torturas, contra la integridad moral o lesiones. El juez instructor de la causa, que se ha prolongado más de cinco años, recuerda en el auto que los policías nacionales fueron destinados a Barcelona para cumplir con la orden del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que les obligaba a impedir el referéndum, “sin afectar a la normal convivencia ciudadana” y actuar con “congruencia, oportunidad y proporcionalidad”.

Ese deber de proporcionalidad lo echa en falta el juez en la actuación de la Policía Nacional en 25 de los colegios de Barcelona donde intervino el cuerpo para impedir el 1-O. El juez analiza en su escrito de procesamiento la conducta de los policías, colegio a colegio, y señala los excesos que ha observado, en la mayoría de casos gracias a los vídeos de las cargas del 1-O que constan en las actuaciones. Entre ellos destaca el caso de la escuela Prosperitat de la ciudad condal, donde el instructor reprocha a los agentes que, sin negociación o advertencia alguna, procedieran “a los pocos segundos” al uso de la fuerza, “que en algunos casos resulta claramente innecesaria, teniendo en cuenta la presencia de personas de diversa índole entre la multitud, sin ninguna actitud agresiva y con personas de avanzada edad”.

Así como el de Escoles Pies de Sant Antoni donde “agarraron por el cuello a personas en actitud pacífica, las tiraron al suelo y las patearon”.

El escrito del caso “Kitchen” no se alterará

La Fiscalía Anticorrupción no alterará el escrito de acusación que ya tiene listo sobre la “Operación Kitchen”, relativa al presunto espionaje orquestado desde el ministerio de Interior de Jorge Fernández Díaz contra el ex tesorero del PP Luis Bárcenas para robarle información sensible para el partido, tras la reforma del delito de malversación porque en lo referente al uso de fondos reservados acusará de malversar acogiéndose al artículo 432, que comprende apropiación de patrimonio público. Ese artículo recoge unas penas que van de los dos a los seis años de prisión e inhabilitación especial para ocupar cargo público de seis a diez años.

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