JUSTICIA 1-O
El TEDH priorizará el trámite de las denuncias del 'procés'
Advierte que la revisión de sentencia podría afectar a la causa || Puigdemont impugnará que se le procese por desórdenes
La presidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Síofra O’Leary, aseguró ayer que tramitarán de forma prioritaria las demandas efectuadas por los líderes del procés, al considerar que son “casos de gran impacto”. Asimismo, advirtió que la petición de una revisión de pena ante la Justicia española–tras la reforma del Código Penal– podría afectar al proceso ante esta instancia. O’Leary explicó que el TEDH ha recibido una quincena de denuncias en relación con el 1-O que ha agrupado en tres categorías.
La primera tiene que ver con “el ejercicio de los derechos políticos de los dirigentes que estaban en detención previa al juicio”. La segunda, y más numerosa, engloba a “individuos que fueron condenados por la legislación de sedición y malversación”. En cuanto a la tercera, tiene que ver con la “libertad de expresión en el Parlament tras una decisión del Tribunal Constitucional de limitar ciertas cuestiones para debate”.Por otro lado, la defensa de Carles Puigdemont, aseguró que impugnará los recursos de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado al auto del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, en los que pidieron procesarlo por desórdenes públicos agravados.
La Abogacía pide rebajar a 7 años la inhabilitación de Junqueras
La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que rebaje de 13 a 7 años la pena de inhabilitación que se impuso al líder de ERC Oriol Junqueras en virtud de la reforma del Código Penal que ha derogado el delito de sedición y modificado el de malversación. Asimismo, solicita que rebaje las condenas a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell (6 años y seis meses), a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart (4 años); a los exconselles Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa (6 años y 9 meses); así como a Joaquim Forn y Josep Rull (6 años y 3 meses).En su escrito, la Abogacía contradice el criterio de la Fiscalía –y del Juez Llarena en el caso Puigdemont– y concluye que no se puede atribuir a ninguno de los condenados el nuevo delito de malversación con ánimo de lucro, sino solo el de administración desleal. Así, recuerda que durante el juicio del procés “ni se practicó ninguna prueba ni se declaró a la sentencia” que los hechos “fueran con ánimo de lucro”, y, por tanto, ahora no se pueden encajar en los casos más graves de malversación.
Por otro lado, coincide con la Fiscalía en que a todos se les puede atribuir el nuevo delito de desórdenes públicos agravados.