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JUSTICIA "PROCÉS"

El Supremo mantiene para Junqueras, Bassa, Romeva y Turull las penas de inhabilitación

Cambia la sedición por desobediencia pero conserva la malversación en su versión agravada || Deja sin efecto las condenas de Forcadell, Rull y Forn y las de los 'Jordis', a los que pena por desórdenes

 Romeva, Turull, Junqueras, Cuixart, Forn, Sànchez y Rull posando tras salir de la prisión de Lledoners en 2021 tras recibir el indulto.

Romeva, Turull, Junqueras, Cuixart, Forn, Sànchez y Rull posando tras salir de la prisión de Lledoners en 2021 tras recibir el indulto.EUROPA PRESS

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El Tribunal Supremo ha decidido mantener la condena de 13 años de inhabilitación para el exvicepresident de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, y de doce años para los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa por un delito de desobediencia en concurso con otro de malversación agravada, después de revisar la sentencia del procés al amparo de la reforma penal que eliminó la sedición y modificó la malversación. A la práctica, esto implica que ninguno de ellos podrá ocupar un cargo público hasta 2031, en el caso de Junqueras y Bassa, y hasta el 2030, en el caso del resto. Por lo tanto, en un principio, no tendrán opción de concurrir en las elecciones municipales de mayo.

El Alto tribunal sigue así el criterio de la Fiscalía, que pidió mantener a Junqueras los 13 años de inhabilitación, al contrario que la Abogacía del Estado, que era partidaria de rebajarlo a siete.Por su parte, el tribunal condena a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart por desórdenes públicos y a Carmen Forcadell, Josep Rull y Joaquim Forn por desobediencia. En sus casos, este cambio de delitos–todos habían sido condenados por sedición– supone la extinción total de sus respectivas penas de inhabilitación, que eran de 9 años para los Jordis, de 10 años y medio para Rull y Forn, y de 11 años y 6 meses para Forcadell.Los únicos que siguen inhabilitados son los cuatro condenados por malversación, y es que, pese a la modificación de este delito con la introducción de la distinción entre sí hay o no lucro personal, con penas más bajas en el segundo supuesto, el Supremo entiende que a los líderes independentistas no se les puede aplicar la versión atenuada. “El artículo 432 del Código Penal incluye en su tipicidad tanto a quien se apropia de estos fondos como a quien, rompiendo su deber de lealtad en la administración, decide darles una finalidad inequívocamente ilegal”, argumenta el Supremo en relación al 1-O.En el auto, los magistrados cargan duramente contra la reforma del Código Penal y sostienen que no se puede sustituir el delito de sedición por el de desórdenes públicos.

Por eso, solo lo aplica al caso de los Jordis debido a que, para el Tribunal, son los únicos que participaron en actos concretos que implicaron “alteración de la paz pública y la existencia de actos intimidatorios”, como es la concentración del 20-S ante la conselleria de Economía. En este sentido, remarcan que la sedición “enriquecía los actos ejecutivos con la voluntad de promover la inobservancia de las leyes o el incumplimiento de las resoluciones judiciales”. Además, para la Sala es “indudable” que los hechos del procés “fueron algo más que un atentado contra la paz pública, ya que lo que se perseguía era la vigencia de unas leyes de transitoriedad que preparaban el camino a la independencia”.De hecho, el Supremo advierte que la desaparición de la sedición genera un “vacío normativo” que deja “impunes” intentos de independencia que no impliquen violencia y señala que hechos como los de 2017 de “deslealtad constitucional” y “creación de un marco normativo de ruptura territorial” quedarían ajenos “a la intervención del derecho penal”.

Asimismo, argumenta que, debido a que no se pueda sustituir directamente la sedición por los desórdenes públicos, no se puede condenar a Junqueras, Forcadell, Romeva, Rull, Bassa, Turull y Forn por este segundo delito porque no participaron directamente en las movilizaciones que la sentencia del 1-O ve “violentos o intimidatorios”.

Los condenados ven ‘ánimo de venganza’ y prevén acudir a Europa

El líder de ERC, Oriol Junqueras, denunció la “voluntad de venganza” del Tribunal Supremo al “retorcer” el Código Penal y aplicar una “malversación de pensamiento”, pero confió en que esa sentencia “refuerce” la causa independentista ante la comunidad internacional. Su defensa y la del exconseller Raül Romeva anunció que planea presentar un incidente de nulidad contra la revisión de condena que ha hecho el Supremo con miras a acudir después ante el Tribunal Constitucional.

Asimismo, el secretario general de Junts, Jordi Turull, anunció también que presentará recurso contra la resolución del Supremo y dejó claro que el caso llegará hasta la justicia europea. “El Supremo me podrá condenar e inhabilitar de por vida jurídicamente, pero queda claro que no me inhabilitará ni un solo minuto de mi compromiso en hacer efectiva la independencia”, defendió. Asimismo, cargó contra la reforma del Código Penal impulsada por ERC y el Gobierno central.

Venganza de la justicia fue también lo que denunciaron desde Esquerra y el presidente del Govern, Pere Aragonès, que se mostró convencido de que los tribunales europeos corregirán la sentencia del Alto Tribunal.Desde el Gobierno central, afirmó que el Supremo ha actuado tal y como se pensaba que lo haría y puso de manifiesto que la sentencia demuestra que el PP mentía cuando afirmaba que la reforma penal “iba a beneficiar a los líderes del procés”. Los partidos de la derecha, por su parte, celebraron la decisión.

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