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La JEC da diez días a Vergès para que diga si retira o no el escaño a Borràs

El árbitro electoral compara el caso con el precedente de Juvillà a quien finalmente retiró el acta de diputado

La presidenta del Parlamento suspendida, Laura Borràs, durante una atención a medios ante el Parlament.

La presidenta del Parlamento suspendida, Laura Borràs, durante una atención a medios ante el Parlament.ACN

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La Junta Electoral Central (JEC) no ha resuelto sobre la retirada del escaño de la presidenta suspendida del Parlament y presidenta de Junts, Laura Borràs, y ha pedido a la vicepresidenta primera de la cámara catalana, Laura Vergès, que explique si le mantiene el acta y por qué. El árbitro electoral da 10 días hábiles a Vergès para que le comunique "las decisiones, resoluciones o cualquier otra medida" que el Parlament "haya podido adoptar en relación con este asunto" así como las alegaciones que quiera formular. Se trata del mismo procedimiento que siguió la JEC antes de retirarle el escaño al exdiputado de la CUP Pau Juvillà. Finalmente, el árbitro electoral ordenó retirarsela tal como ya había hecho con el expresidente de la Generalitat Quim Torra.

En la resolución de este jueves, la JEC recuerda el caso "análogo" de retirada de escaño de Juvillà cuando todavía no había sentencia sujeta, que fue confirmado por el Tribunal Supremo. El árbitro electoral apunta a que el delito por el cual ha sido condenada Borràs entra dentro de los supuestos que contempla el artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) utilizado en los casos de Juvillà y Torra.

El artículo dice que "son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para puesto de trabajo o cargo público".

En el caso de Borràs, la condena del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya la condena a 13 años de inhabilitación para cargo público electo o de funciones de gobierno o administración, aparte de la pena de cuatro años y medio de prisión por el fraccionamiento de 18 contratos a favor de un conocido suyo cuando presidía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) del 2013 al 2017.

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