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El Supremo deniega la suspensión del acuerdo de la JEC que deja a Laura Borràs sin escaño en el Parlament

El tribunal también da diez días a la junta electoral para que se pronuncie sobre el recurso de la Cámara

La presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs, durante el pleno de la cámara.

La presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs, durante el pleno de la cámara.Bernat Vilaró / ACN

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La sala contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo ha denegado la suspensión cautelarísima pedida por la presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs, del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC), del 3 de mayo pasado, que dejó sin efecto su credencial como diputada de la cámara catalana, al considerar que había causa de inelegibilidad sobrevenida después de la condena por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por prevaricación. El alto tribunal señala que Borràs no ofrece ningún argumento para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima sin escuchar, en este caso, a la JEC.

En el mismo auto, la sala acuerda incoar un incidente cautelar ordinario, concediendo a la JEC y a la fiscalía un plazo común que finalizará a las 15.00 horas del próximo viernes 12 de mayo para que efectúen alegaciones sobre la medida cautelar. Con respecto a un recurso planteado contra el mismo acuerdo por el Parlament de Catalunya, en el que no se pedía la suspensión cautelarísima sino la cautelar ordinaria, el Supremo ha dado diez días a la JEC para alegaciones antes de decidir sobre la medida cautelar.

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