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TRIBUNALES REVISIÓN DE PENAS

El TC avala sustituir penas por las menos lesivas

En aplicación de la norma más favorable para el reo || Por ejemplo de prisión por multa o trabajos en beneficio de la comunidad

Imagen de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

Imagen de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.JESÚS HELLÍN / EUROPA PRESS

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El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de amparo de dos condenados y ha avalado que se sustituya una de sus penas de prisión por una multa o por trabajos en beneficio de la comunidad porque así lo permitía la versión del Código Penal que estaba vigente cuando se cometieron los hechos, todo ello en aplicación de la norma más favorable para el reo. Así, la Sala Segunda del tribunal estudió ayer el caso de unos condenados que recurrieron la decisión de la Audiencia Provincial de Barcelona de imponerles dos penas de prisión: una de 4 años y medio y otra de 1 año y medio por unos hechos cometido en 2005 y 2006. Los recurrentes solicitaron que se les sustituyera una de las penas –la de 1 año y medio de cárcel– por multa y trabajos en beneficio de la comunidad, como recogía el artículo 88 del Código Penal que estaba vigente cuando en que se cometieron los delitos.

La Audiencia Provincial, sin embargo, consideró que no debía aplicarse esa versión de la ley, sino la que se encontraba en vigor en el momento de tomar la decisión, que suprimió esa posibilidad. Los magistrados del TC han concluido que “la aplicación de la sobrevenida reforma del Código Penal podía suponer la imposición de una pena realmente más grave que la aplicable al tiempo de cometerse la infracción”, por lo que declararon que las multas y los trabajos se insertan en el principio de legalidad penal.

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