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La JEC avala que tener vacaciones contratadas antes del 29 de mayo sea excusa para evitar una mesa electoral

El árbitro electoral fija que será obligatorio enseñar el DNI cuando se deposite el voto por correo

Un colegio electoral en la Seu d'Urgell.

Un colegio electoral en la Seu d'Urgell.Cynthia Sans

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La Junta Electoral Central (JEC) ha avalado que tener unas vacaciones contratadas antes del 29 de mayo, fecha de la convocatoria de los comicios generales del 23-J, sea aceptado como motivo para no ser a una mesa electoral. El árbitro electoral, en un acuerdo de este jueves, ha acordado que será una excusa válida para no integrar una mesa que la jornada de las elecciones españolas "coincida con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional" reservado antes del anuncio del presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, siempre que la cancelación de la cual "ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante". La JEC da luz verde a las juntas electorales de zona considerarlo un motivo válido.

La JEC concreta que eso se podrá aceptar "siempre que se asegure la integración llena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno grave alegados".

Por otra parte, el árbitro electoral ha aprobado fijar como obligatorio identificarse con el DNI en el momento de depositar el voto por correo. En caso de que el elector no pueda ir, tendrá que hacer una autorización a la persona que lo lleve en su nombre, que esté firmada y acompañada de una fotocopia del DNI. La decisión llega después de las irregularidades detectadas en el voto por correo a Melilla en las elecciones del 28-M.

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