Un juzgado de Barcelona amnistía a 46 policías nacionales investigados por agredir votantes del 1-O
El magistrado instructor dice que la actuación de cada agente no duró más allá de entrar y salir de los colegios
El juzgado de instrucción número 7 de Barcelona ha amnistiado a los 46 policías nacionales investigados para agredir y lesionar a decenas de votantes independentistas el 1 de octubre del 2017 en la capital catalana. Según el magistrado instructor, los actos investigados fueron “de escasa duración individual, enmarcadas en un objetivo policial definido y que no continuaron una vez conseguido el objetivo, sin que se prolongaran en el tiempo más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los diversos colegios electorales”. La amnistía la habían pedido al menos diez de los agentes y las acusaciones de Irídia, Òmnium y la ANC se opusieron. El caso ahora se ha archivado, excepto para las posibles indemnizaciones de los policías a los votantes lesionados.
En su auto, el juez dice que tanto las lesiones como los delitos contra la integridad moral “supera el umbral de gravedad necesario para excluir la aplicación de la ley de amnistía”. Así, dice que si la ley es clara a la hora de amnistiar delitos de lesiones de hasta 5 años de prisión, también se tienen que amnistiar los delitos contra la integridad moral que no superan los 4 años de prisión.
Les acusaciones querían que el caso llegara a juicio para acabar de decidir si los delitos contra la integridad moral llegaban al nivel de torturas o tratos inhumanos y degradantes, cosa que los dejaría fuera de la amnistía. No obstante, el magistrado considera que no hay discusión sobre la amnistía de las lesiones. Sobre la amnistía de los delitos contra la integridad moral, el instructor considera que los hechos no superaron el “umbral mínimo de gravedad” que los dejaría fuera de la amnistía, y tampoco “humillaron o degradar a una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana o para provocar miedo, angustia o inferioridad de una manera capaz de romper su resistencia moral o física”.
Irídia se opuso a la amnistía al considerar que podrían haber cometido delitos de torturas o tratos inhumanos o degradantes contra los votantes, hechos que están excluidos de la ley de amnistía.
En febrero la Audiencia de Barcelona confirmó la decisión del juzgado de enviar a juicio a un total de 46 policías nacionales por las cargas a las diferentes escuelas de la ciudad de Barcelona durante el 1 de octubre del 2017. Afianzaba, así, el criterio del magistrado instructor, que considera que existen bastantes indicios de delitos de lesiones y contra la integridad moral en este caso. En la resolución, el tribunal descarta investigar a más agentes —motivo de los recursos de apelación de las acusaciones—, pero también descarta archivar la causa ninguno de ellos denegando las peticiones de sus defensas, con el apoyo mayoritariamente para el ministerio fiscal.
El auto establecía que “la calificación jurídica indiciaria que otorga el auto a los hechos descritos va más allá de simples delitos de lesiones y apunta claramente a que algunas conductas podrían ser incardinadas en el delito contra la integridad moral cometido por funcionario público".
El auto del juzgado enviaba a juicio a 46 policías y archivaba la causa para 21 más. Òmnium, Irídia y la ANC recurrieron contra algunos de estos archivamientos, pero la Audiencia los confirmó. Con respecto a los agentes investigados, se desestimaron sus recursos contra su imputación. El tribunal decía que hay muchas evidencias e imágenes que indican que se podrían haber cometido abusos policiales como lesiones y delitos contra la integridad moral contra los votantes independentistas. De hecho, el tribunal reprochaba a algunos policías que aseguraron que no estaban en el lugar de los hechos aunque las imágenes los desmientan. La Audiencia también avalaba que sean juzgados algunos mandos por dar las órdenes de cargas desproporcionadas.