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El juez de ‘Volhov’ rechaza aplicar la amnistía a Puigdemont y el resto de investigados y envía el caso al Supremo

Aguirre añade a la causa el delito de pertenencia a organización criminal además del de traición y malversación

El presidente Carles Puigdemont y el expresidente Artur Mas en el acto de Junts per Catalunya en Bruselas el 6 de diciembre del 2017.Blanca Blay / ACN

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El magistrado del juzgado de instrucción número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, ha rechazado aplicar la amnistía a Carles Puigdemont, Artur Mas y al resto de investigados en la pieza separada que él mismo abrió del ‘caso Volhovpor traición y malversación. Al mismo tiempo, ha enviado una exposición razonada al Tribunal Supremo para que asuma la causa, teniendo en cuenta que Puigdemont y Francesc de Dalmases, otro de los investigados, son diputados en el Parlamento y por lo tanto aforados. En su exposición, avanzada por el diario ‘ABC’ y al que ha tenido acceso la ACN, Aguirre añade a la causa el delito de pertenencia a organización criminal.

Aguirre pide al Supremo que asuma esta pieza separada aunque sólo dos de los 11 investigados son aforados. Además de Puigdemont y Dalmases, los investigados son Artur Mas, Víctor Terradellas, Elsa Artadi, Jordi Sardà, Natàlia Boronat, Zeus Borrell, Miquel Casals, Carles Porta, Aleksander Dmitrenko, Josep Lluís Alay y Gonzalo Boye. Les atribuye a todos ellos los delitos de traición, malversación y pertenencia a organización criminal.

En el escrito donde rechaza aplicar la amnistía por todos estos delitos, Aguirre vuelve a hacer mención de su argumentario sobre la guerra híbrida y las zonas grises, citando a Daesh o el ciberterrorismo para después profundizar en el renombre “injerencia rusa” en Europa, pasando por Crimea y Montenegro. “El esfuerzo ruso estuvo dirigido a la manipulación de las autoridades políticas y de la población con el fin de influir directamente en la sociedad catalana y conseguir que se produjera una escisión voluntaria de la Unión Europea, mediante la Declaración Unilateral de Independencia. Eso habría obligado a los políticos catalanes a tirarse en los brazos del reciente amigo ruso como medida para impedir el caos económico y social, dado el conocido y grave problema de déficit público que tenía y tiene Cataluña”, argumenta el magistrado.

Aguirre critica la “deficiente técnica legislativa” que se ha utilizado para hacer la ley de amnistía y avisa de que generará “problemas interpretativos” de forma “sistemática”, hasta el punto que “convierten en inaplicables los conceptos de amenaza o uso de la fuerza para resultar imposible su compatibilidad con los tipos penales concretos de traición en los cuales se pretenden aplicar”.

En este sentido, constata que serán los tribunales los que tendrán que hacer una valoración subjetiva del grado de seriedad de la amenaza para poder decidir si se puede aplicar la amnistía, y en el caso concreto de la pieza separada que ha abierto del ‘caso Volhov’ concluye que “el peligro fue real y efectivo” y no se materializó porque a Puigdemont le entró el “pánico”. “Este magistrado considera que sí que hubo una amenaza (en el sentido de peligro) real y efectiva que una potencia extranjera (Rusia) ejecutara actos perjudiciales a la integridad territorial de España”, asevera.

Aguirre compara Tsunami Democràtic con la Kale Borroka en Euskadi, y habla de la plataforma como de la “sección terrorista de todo el entramado secesionista desarrollado por los investigados” para conseguir la independencia. Cita la protesta en el aeropuerto (con la muerte del ciudadano francés) y las manifestaciones en la plaza Urquinaona y ante el Departamento de Economía. “Fue tal la situación de coacción, con amenazas incluidas, que tratar de expresarse libremente durante aquellos trágicos días supuso una heroicidad, en un indisimulado proceso revolucionario que incluyó incluso brazaletes de adhesión al movimiento, en forma de lazos amarillos,” ha continuado. Por todo ello, considera que se hizo un uso efectivo de la fuerza y por lo tanto rechaza aplicar la amnistía al delito de traición que atribuye a los investigados.

Con respecto al delito de malversación, argumenta que “se realizó como medio para la comisión del delito de traición”. “Si hubiera triunfado se habría producido la secesión de una parte del territorio español, de manera tal que cómo dice el Tribunal Supremo habría afectado, aunque fuera en grado de mera tentativa, a la Renta Nacional Bruta Estatal, y por lo tanto, al presupuesto comunitario”, añade. Por lo tanto, concluye que no se puede amnistiar este delito porque se afectan los intereses financieros de la UE.

El juez añade el delito de pertenencia a organización criminal, y sitúa a Artur Mas y a Carles Puigdemont en lo alto de la estructura. “Tenían el liderazgo y el control de las acciones que tomaban sus cuadros directivos, disponían de la capacidad de suspender, interrumpir o modificar las actividades dirigidas a contactar con actores de influencia rusos, con intereses contrarios al estado español que representaban,” sostiene.

Víctor Terradellas y Josep Lluís Alay, continúa, “actuaban como instrumentos al servicio de una línea de trabajo estable que se ha mantenido durante años” y eran “personas de su máxima confianza con autonomía y capacidad para decidir como conseguir los objetivos estratégicos”. Terradellas o Alay decidían cómo y con qué personas contactar para conseguir su objetivo: apoyo y reconocimiento internacional (ruso en este caso) de un estado catalán independiente”, acaba. El magistrado considera que los tres delitos están relacionados y si no se puede amnistiar la traición ni la amnistía tampoco se puede aplicar la ley a la pertenencia a organización criminal.

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