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Justicia para Sijena

Justicia para Sijena

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Queridos lectores, para un benabarrense como yo, hablar de límites entre Aragón y Cataluña no tiene sentido. En Lérida, me encuentro en casa. Como decía Pi i Margall en su libro Las Nacionalidades (1877): «si las naciones no tuviesen otra fuerza de cohesión que la política, después de los graves sacudimientos que han pasado, estarían ya todas deshechas; subsisten porque las sujetan vínculos cien veces más fuertes: una historia y sentimientos comunes, relaciones civiles, intereses económicos, etc... Por fortuna para todos, la política apenas hace más que agitar la superficie de las sociedades». Por lo tanto, el asunto de Sijena nunca dividirá a nuestras dos sociedades, por más que algunos políticos e historiadores, de uno y otro lado, se empeñen en ello. La Justicia determinará dónde debe ir el tesoro artístico del Monasterio de Sijena y, como en todo Estado de Derecho, todos deberemos acatar sus sentencias y resoluciones, gusten o no.

Todas las normas internacionales apuntalan la reivindicación de que esas piezas vuelvan al Monasterio de Sijena, tanto por ser un monumento nacional, como sobre todo por no tener la parte catalana títulos de propiedad legítimos. La declaración de pintura mural del ICOMOS (Consejo Internacional de monumentos históricos) dice que la pintura mural arrancada debe restituirse a su emplazamiento original, y esto vale tanto para Sijena, como para Taüll o Boí, pues sostengo que en el caso de Taüll y Boí, las ventas no fueron legales, y cuando menos les asiste a esos pueblos un derecho moral a reivindicarlas.

Se ha escrito mucho sobre opiniones de prestigiosos historiadores y restauradores sobre las pinturas murales de Sijena en el MNAC. Todas estas opiniones, incluidas las del gran Colalucci, restaurador de la capilla Sixtina, tienen siempre dos vertientes: la de la conservación y la de la justicia. Desde la primera visión, las pinturas de Sijena al ser frágiles, no deben moverse del museo de Barcelona, pero ello presupone que el museo tenga algún título de propiedad que le legitime para albergarlas allí permanentemente, y el Juzgado nº 2 de Huesca concluyó que el MNAC es un mero precarista y no tiene ningún derecho a poseerlas en contra de la voluntad de su legítimo dueño. Es el juicio que haría cualquier director de un museo si le preguntasen si se debe prestar para una exposición en Londres, por ejemplo, el Guernica de Picasso o la Dama de Elche; diría que no.

Desde el segundo punto de vista, el de la justicia, es obvio que las pinturas murales de Sijena deben entregarse al Monasterio de Sijena y, ante esto, no valen los argumentos de conservación o similares, pues todo museo según el Código Ético del ICOM (Consejo Internacional de Museos), se rige por el principio de legalidad, y nunca debe adquirir bienes que pertenezcan a monumentos protegidos. Colalucci y prestigiosos museos aceptan esto. Las pinturas murales de Sijena nunca fueron vendidas y siguen siendo propiedad de las monjas de Sijena. El Guernica de Picasso cuando estuvo en el Museo Metropolitano de Nueva York, era ya una obra delicadísima que no podía salir en préstamo, pero cuando el Gobierno español la reivindicó como propietario de ella, el museo americano, con todo el dolor del mundo, tuvo que entregarla.

Por lo tanto, las pinturas murales de Sijena no tienen otro camino que su retorno a Sijena. Dicho esto, creo que debemos todos enterrar las armas, y poner las bases de una cooperación amistosa, honesta y respetuosa, en donde muchos catalanes visiten el Monasterio de Sijena y se puedan enorgullecer de ver la que fuera la primera sede del Archivo de la Corona de Aragón, y muchos aragoneses vayan a visitar en paz Santes Creus y Poblet. Esto ocurrirá más pronto de lo que muchos políticos imaginan.

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