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Accidentes en centros docentes

Accidentes en centros docentes

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El bullying y el ciberacoso no son las únicas incidencias a las que se enfrenta un escolar. Otros accidentes menos espectaculares aunque más habituales son los que suelen padecer nuestros alumnos en centros escolares. La curiosidad me llevó a bucear entre las sentencias dictadas por los tribunales en los últimos cinco años y este ha sido el resultado. Los sucesos podemos agruparlos en tres grandes parcelas. A continuación vemos cuáles son.

Accidentes habituales en escuelas y centros docentes

Un primer grupo de incidencias, las menos graves que recogen las sentencias, agrupa lesiones habituales por accidentes cuasi domésticos a causa de atrapamientos y aplastamientos diversos en puertas y ventanas, así como los sufridos por líquidos corrosivos en experimentos químicos; a lo anterior deben añadirse los resultantes de las incidencias del transporte escolar. Otro grupo, de mayor gravedad, abarca fallecimientos cuyo origen se sitúa en excursiones y salidas provocadas por prácticas de escalada, caídas en barrancos y pozos o por lesiones graves de carácter físico sufridas en un recreo. Por último, nuestra jurisprudencia recoge las decisiones de los tribunales en lo concerniente a agresiones pedófilas o de carácter sexual padecidas dentro del centro.

Responsabilidad legal de centros y docentes

La responsabilidad habitual de centros y docentes suele ser casi siempre de carácter civil. Debe ejercitarse en los plazos previstos por las leyes civiles que suelen ser distintos en Catalunya y España por regularse en Códigos diferentes, el Civil Catalán y el Código Civil. Si el daño tuvo su origen en una negligencia del centro, el docente dispone en Catalunya de un plazo de 3 años para efectuar la reclamación mientras que en el ámbito español, el plazo es solo de 1 año. Si se reclama fuera de plazo no se obtendrá resultado alguno a causa de la prescripción. Los anteriores plazos, si se trata de un hecho que comporte la realización de un delito como son las agresiones de carácter sexual, son mucho más amplios ya que corresponden a los previstos en el Código Penal.

Consejo legal

Si su hijo es víctima de accidente cuando se halla en el centro escolar, no dude en instar la pertinente reclamación asesorado por un abogado para que éste le indique la amplitud de su derecho y la totalidad de indemnizaciones a percibir, tanto por los gastos ocasionados, como por el daño moral sufrido y el alcance de las secuelas producidas.

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