SEPAMOS LA LEY
La emancipación: ¿solución familiar?
la emancipación
consiste en obtener los derechos de la mayoría de edad sin haber alcanzado los 18 años, si bien para ello, el menor deberá tener un mínimo de 16 años. La emancipación se produce de forma automática cuando contrae el menor matrimonio, pudiéndose obtener de igual forma a instancia de parte. Esta última se realiza mediante escritura pública ante notario o comparecencia ante el Registro Civil en el cual, los padres autorizan la emancipación quedando todo ello debidamente inscrito en el Registro. Una vez realizada la emancipación esta es irrevocable. La emancipación puede ser instada mediante proceso judicial voluntario por el propio menor, donde este alegará la causa por la que lo pide y los padres serán asimismo oídos, el juez concederá o denegará mediante sentencia la emancipación solicitada. Si el menor tuviere ya vida económica independiente bastará para emanciparlo el simple consentimiento de los padres.
Circunstancias habituales en las que hoy se pide y concede la emancipación
El menor de 16 años suele pedir hoy la emancipación en situaciones muy concretas como son: que sus padres vivan separados, que quien ejerza la patria potestad se haya casado otra vez o conviva de hecho con otra persona o cuando concurra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad por parte de los padres. No obstante todo lo anterior, existe una salvaguarda, de carácter económico, que seguirá permaneciendo en manos de los padres, siendo necesario su consentimiento para pedir préstamos, vender bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales, así como disponer de bienes de valor como pueden ser joyas y aceptar por sí mismos una herencia o la partición de la misma.
En el supuesto de estar emancipado por matrimonio y siempre que uno de los contrayentes sea mayor de edad, podrán realizar todas las operaciones mercantiles señaladas con anterioridad bastando el simple consentimiento de ambos.
Consejo legal
Dada la relevancia y los efectos de la emancipación, siempre resulta conveniente consultar con un abogado antes de iniciar ningún paso relacionado con la misma, pues en función de cada caso concreto las actuaciones a realizar pueden ser diferentes.
En la actualidad, se observa un incremento en las emancipaciones para los supuestos, cada vez más habituales, de adolescentes díscolos o conflictivos, pues con ello los padres aligeran notablemente sus responsabilidades.