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Muerte civil del ciudadano

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Perder la capacidad de juicio o expresión es hoy, con la prolongación de la vida, algo cada vez más habitual. El ciudadano puede seguir teniendo vida activa pero, a la vez, haber perdido el conocimiento y no saber ya gobernarse ni ser capaz de llevar a cabo aquello que hubiese deseado hacer. La terrible actualidad de la enfermedad de Alzheimer nos lleva a preguntar ¿se puede hacer algo preventivamente para evitar los inconvenientes de la discapacidad que puede sobrevenir por enfermedad o accidente?

Fáciles y desconocidas soluciones legales

Por un modesto precio, aproximadamente 50 euros y la intervención notarial, podemos conseguir y articular las decisiones que creamos oportunas para cuando, aun teniendo vida, el cerebro no nos rija de forma correcta. Cualquier persona con capacidad de obrar suficiente puede otorgar un poder específico a una persona de su confianza para darle instrucciones velando por sus intereses personales y patrimoniales, salvando así el inconveniente de haber perdido la capacidad de pensar en forma correcta. El notario, en su condición de fedatario público, dará fe que quien otorga las disposiciones de autotutela o el poder preventivo se halla en posesión de sus plenas facultades mentales y que desea otorgar esa escritura pública para los concretos efectos de tomar decisiones cuando su cerebro no rija correctamente. La propia intervención del notario evitará engaños de fraudes futuros tales como el obligar una persona a otra a firmar determinados documentos o realizar donaciones que no hubiera permitido de estar en perfectas condiciones mentales.

Prevención ante la futura discapacidad

Los documentos de autotutela y apoderamiento redactados y autorizados ante notario adquieren la entidad de documentos públicos a los que la ley reconoce veracidad y fuerza probatoria. Una vez firmada la escritura notarial se envía una copia electrónica al Registro Civil. Si, trascurrido el tiempo, comenzara un procedimiento de incapacitación del otorgante, el juez debe consultar con el Registro para saber si esa persona otorgó en su día escritura de autotutela o poder preventivo.

Consejo legal

En los casos hoy examinados, es importante saber que mientras el afectado conserve sus facultades mentales, los documentos otorgados ante notario al respecto siempre se podrán cambiar o revocar. La solución apuntada tiene una sistemática muy parecida a las voluntades médicas anticipadas. Las personas que decidieron utilizar los procedimientos de autotutela referenciados fueron un cincuenta por ciento más en Cataluña que en el resto de España.

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