SEPAMOS LA LEY
Fuego criminal
Los incendios vuelven a teñir de rojo los campos, los bosques y los edificios. Cada año, como si fuera una trágica ruleta prenden en distintos puntos de nuestra geografía arrasándolo todo. Abren telediarios, y se enseñorean de las noticias de cada verano. Los incendios unas veces responden a la mano intencional y otras a la negligente del hombre. ¿Cómo se combate el fuego desde la ley?
Usted puede ser autor de un delito de incendios
Ser el autor intencional de un delito a causa de un incendio se halla gravemente penado pero también lo está cuando ello sucede por negligencia o imprudencia. Las magnitudes trágicas de los incendios veraniegos hacen que tales delitos lleven consigo gravísimas penas de privación de libertad.
Los pirómanos, pese a ser considerados por los tribunales como seres con alteración psíquica asimilable a enfermedad mental, no son contemplados como sujetos de exención de responsabilidad penal. La imprudencia sigue siendo el supuesto que mayoritariamente genera tragedias.
Penas graves e importantes sanciones
De 10 a 20 años de prisión puede caerle a quien provoque un incendio “que comporte un peligro para la vida e integridad física de las personas”. Si el incendio no comporta peligro para la vida ni para la integridad física de las personas, será castigado como delito de daños a una menor pena. Si lo que se incendia son solo montes o masas forestales las penas no sobrepasan los 5 años de prisión más multa de 12 a 18 meses.
Producir con el incendio graves consecuencias erosivas en los suelos, alterar significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o perturbar un espacio natural protegido así como obtener con el incendio un beneficio económico son condiciones que ayudan a valorar la importancia del delito. Así podemos contemplar como está sucediendo en Portugal que, el deficiente cuidado de los bosques, como también sucede en nuestro país, colabora al desbordamiento y extensión del fuego.
¿Es delito incendiar bienes propios?
Este problema ha sido ampliamente examinado por jueces y tribunales, llegando a la conclusión de que debe castigarse con penas de 1 a 4 años cuando se haga para perjudicar o defraudar a terceros. Regenerar las masas forestales implica grandes periodos de tiempo y una costosa indemnización que deberá ser pagada por el culpable.
Consejo legal
Verano es gasolina para los incendios. Una colilla, un descuido en el funcionamiento de una máquina de las que se desprendieron unas chispas puede conducirle directamente a prisión. Estar vigilante ha de ser siempre su mejor y mayor garantía.