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Volkswagen, condenada a devolver el importe de un coche por el ‘Dieselgate’
El caso Dieselgate fue el nombre que recibió el escándalo del Grupo Volkswagen tras el descubrimiento del software instalado en algunos vehículos con motor diésel que permitía ocultar un nivel de emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) muy superior al legal.
Cabe especificar que este sistema se instaló en vehículos diésel comercializados entre los años 2008 a 2015 por el Grupo Wolkswagen en sus marcas Audi, Seat, Skoda y Volkswagen, principalmente en los motores 2.0, 1.8, 1.6 y 3.0.
En diciembre de 2O12, un vecino de la localidad mallorquina de Manacor acudió al concesionario oficial Skoda Motor Insular de su zona y compró por el precio de 19.378 euros un coche modelo Skoda Yeti que respondía a la referencia greenline, destacado en su publicidad comercial como un vehículo más ecológico que el resto, cuando la realidad es que habían sido manipuladas las emisiones contaminantes para superar los controles.
Pues bien, cuando se destapó el escándalo de Dieselgate y comprobó que su vehículo apareció como uno de los afectados, el propietario del Yeti decidió emprender acciones legales contra el fabricante al considerar que había sido engañado ya que, según el comprador, la elección de ese modelo concreto se debió a su interés por preservar el medio ambiente, eligiéndolo frente a otras opciones de distintas marcas.
Así pues, la defensa del consumidor argumentó ante el juez que la línea de productos del coche adquirido se publicitaba “expresamente como respuesta a la gran preocupación por el medio ambiente” y reclamó la nulidad de la compraventa o que se resolviera el contrato por incumplimiento, y una indemnización de más de 15.000 euros por depreciación del vehículo, daños morales más los gastos del financiamiento.
El procedimiento judicial llevado a cabo ante elJuzgado de Primera lnstancia nº 4 de Manacor ha derivado en la sentencia 180/2017 de 5 de enero de 2018, la cual es pionera en España y en Europa ya que termina por declarar la nulidad del contrato de compraventa y condena a Volkswagen Audi España y a Motor lnsular a reembolsar el importe íntegro del precio del vehículo más los intereses legales desde la fecha de celebración del contrato.
El magistrado juez manifiesta en la sentencia que hubo un error en el consentimiento prestado por el afectado en el momento de la compra «porque la falta de adecuación del vehículo a las condiciones de respeto al medio ambiente que singularmente se tuvo en cuenta en la adquisición del vehículo determinó una objetiva insatisfacción del comprador, y con ello la aplicación de la doctrina “entrega de cosa diversa a la pactada por las partes”».
No obstante, cabe resaltar que la sentencia en cuestión todavía no ha adquirido firmeza, con lo cual el fabricante alemán todavía podría presentar un recurso ante la Audiencia de Palma, cosa que no sería de extrañar puesto que hasta ahora en España predominan sentencias favorables a Volkswagen y a sus marcas por el Dieselgate. Concretamente, en el caso de Skoda, con un balance de nueve ganadas por dos perdidas.
Visto el panorama actual, y en caso de que usted considere que se ve afectado por una situación de estas características, le recomendamos que ponga su caso en manos de un abogado especialista que le asesore y pueda defender sus derechos.