SEGRE
La mediación familiar

La mediación familiarSEGRE

Creado:

Actualizado:

LA MEDIACIÓN está especialmente indicada para resolver aquellos conflictos que surgen en el ámbito familiar, ya que, por su dimensión emocional, si estos se judicializan, será difícil restablecer la relación existente entre las partes antes del conflicto y, por lo tanto, será la familia la que, sin duda, saldrá perjudicada.

Cuando se produce la ruptura de un matrimonio o pareja de hecho, si las partes deciden acogerse a un proceso de mediación, la persona mediadora facilitará la comunicación a fin de que las partes, por la vía del diálogo, encuentren una solución a su conflicto, asumiendo responsabilidades y compromisos, a diferencia de lo que pasa si el conflicto se judicializa, en el que es un tercero quien decide e impone. Con la consecución de acuerdos, desaparecen los sentimientos de ganador/perdedor, las dos partes ganan, y se facilita el cumplimiento, así como la colaboración y flexibilidad ante posibles cambios o incidencias que se puedan producir en un futuro. Además, se minimizan en los hijos los efectos derivados de la ruptura y se les ahorra culpabilidades, protagonismos y manipulaciones, de forma que se sienten protegidos por sus padres y aumenta su autoestima y seguridad.

La mediación familiar no solo está indicada en casos de divorcio o ruptura de pareja, sino que también lo está para todos aquellos otros conflictos que se producen dentro del ámbito familiar, como los derivados del impago de pensiones, el cumplimiento del régimen de visitas, la modificación de medidas, las visitas abuelos-nietos, el cuidado de los padres, las herencias, la empresa familiar, etc.

Con el fin de dar a conocer y fomentar el uso de la mediación, el pasado 31 de julio se publicó en el DOGC la Ley 9/2020, la cual establece que, una vez iniciado el proceso judicial, la autoridad judicial, bien a iniciativa propia o a petición de una de las partes, de los abogados o de otros profesionales, puede derivar a las partes a una sesión informativa previa sobre mediación que es obligatoria, ya que la falta de asistencia no justificada le debe ser comunicada. En esta sesión previa se asesorará sobre el valor, las ventajas, los principios y las características de la mediación y, al acabar, las partes decidirán, de forma voluntaria, si quieren iniciar el proceso de mediación.

tracking