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Sentencias permiten que familias monoparentales disfruten de los permisos de maternidad

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Array Desde enero de 2021 se equipararon los permisos por maternidad y paternidad en 16 semanas. Actualmente se ha abierto un debate sobre si las madres de familias monoparentales pueden disfrutar de ambos permisos acumuladamente. Como consecuencia de ello se han venido interponiendo diversas demandas ante nuestros tribunales, habiéndose dictado en algunos de los procedimientos sentencias que están permitiendo acumular ambos permisos.Pionero fue el fallo que dictó el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el 6 de octubre de 2020, que venía a aplicar la legislación vigente en el momento.

Así, reconoció el derecho de acumular a favor de una madre de familia monoparental el permiso por maternidad de 16 semanas y el de paternidad por 8 semanas, sumando, por tanto, un total de 24 semanas, dado que en aquel momento dichos permisos no estaban equiparados temporalmente. La resolución consideraba que suponía una discriminación para los padres e hijos de las familias monoparentales el hecho de que solamente pudiesen disfrutar de un permiso, mientras que las familias con dos progenitores podían disfrutar de ambos permisos (16 semanas y 8 semanas por cada uno de ellos). Se consideraba que se vulneraba el art.

14 de la Constitución que declara el derecho a la igualdad.Posteriormente devinieron otras sentencias en igual sentido. Así lo reconoció la sentencia del Juzgado de lo Social nº 16 de Valencia, por entender que “el menor por tener solo un progenitor no puede ver mermado ese tiempo de cuidado que tiene garantizado por la ley”.En el mismo sentido los Juzgados de lo Social nº 3 de Ourense y nº 1 de Vigo.La última sentencia que ha tratado dicha cuestión es la sentencia dictada este mes de octubre por el Juzgado de lo Social de Teruel, que ha reconocido a una madre de familia monoparental, además de las 16 semanas de permiso por maternidad, su derecho a disfrutar de 10 semanas más. Concede 10 semanas, y no las 16 correspondientes al permiso del otro progenitor, porque las semanas de diferencia son de obligatorio cumplimiento tras el parto y ya habían sido disfrutadas, por lo que no se vio disminuido el tiempo dedicado al cuidado del menor.

Para el juzgado la pretensión de la actora es “más acorde con el interés superior del menor, siendo este el del derecho al cuidado y desarrollo personal, así como el derecho a la protección de la familia e infancia contenido en la Convención de Derechos del Niño”. Tras dichas resoluciones existen muchos otros nuevos casos planteados pendientes de resolución ante los Tribunales en el mismo sentido, así como algunas recurridas ante instancias superiores.Visto el panorama actual, y en el caso de que usted se vea afectado por una situación similar, le aconsejamos que sea asesorado por un abogado que pueda informarle y defender sus derechos adecuadamente.

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