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Condena a una aseguradora a indemnizar con 13.000 euros por el ataque de un perro
Recientemente el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en virtud de la cual condena a una compañía de seguros a indemnizar con 13.000 euros por el ataque de un perro en plena calle. El percance ocurrió en el año 2015 mientras una señora paseaba a dos perritas de su hija, de raza yorkshire, topándose con otro perro de raza mestiza beauceron que paseaba con su dueña. Este último se soltó de la correa y se abalanzó sobre las primeras.
Como consecuencia de ello mató a una de las perritas yorkshire, lesionando a la señora. Cuando se reclamó por los daños sufridos, la compañía de seguros negó su responsabilidad manifestando que el seguro del hogar de la vivienda en la que habitaba el can no tenía cobertura para esos percances. Además, la casa estaba asegurada a nombre de un hombre que vivía allí, quien había contratado una póliza de seguro de hogar con responsabilidad civil ampliada a la vida privada.
No obstante, la propietaria del perro beauceron también vivía con el animal en dicho lugar.Las perjudicadas interpusieron acciones judiciales reclamando una indemnización de 26.384 euros, perdiendo el caso en primera y segunda instancia por entender que no se había probado que el siniestro estuviese cubierto por el contrato de seguro.Frente a ello, el Supremo razona que “en este caso se han vulnerado las reglas de la carga de la prueba”, correspondiendo a la compañía aseguradora demostrar la falta de cobertura. A lo anterior se suma que el art. 1.905 del Código Civil establece que el poseedor de un animal es el que responde de los perjuicios que cause, “aunque se le escape o se extravíe”.
Añade: “Es una responsabilidad que deriva del daño que pueda producir un animal y el comportamiento de este constituye el título de imputación del daño”, así como “según la normalidad de las cosas, los animales conviven con sus dueños”, habiendo sido acreditado que la propietaria del can vivía en la vivienda asegurada, aunque en la póliza no se hiciese mención alguna a aquel.Finalmente, cabe advertir que la nueva Ley de Bienestar Animal establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros para cualquier propietario de perro. La cobertura por daños producidos por mascotas suele incluirse en el seguro del hogar, refiriéndose de esta forma a la responsabilidad civil por los daños que puedan producir en nuestro mobiliario y los daños a terceros. En cualquier caso, se recomienda revisar la cobertura concreta que nos ofrece nuestra póliza del hogar para ver si existe cobertura suficiente.Visto el panorama actual y en el caso de que se vea afectado por una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente.
Les recordamos que en Huguet Ostáriz Abogados contamos con una larga experiencia en defender los derechos de nuestros clientes, avalándonos nuestros casos de éxito.